Empresas tributarían más por igual utilidad
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Con lo cual, al pagar los dividendos, se deberán comparar los mismos contra las utilidades impositivas acumuladas a valores históricos (en caso de no adaptarse la ley a la situación actual) y consecuentemente debería tributarse el impuesto de 35% sobre el exceso de dividendos abonados por sobre aquéllas, exceso que forzosamente lo integrará el efecto de la inflación sobre las utilidades acumuladas de años anteriores que oportunamente pagaron Impuesto a las Ganancias.
Por ejemplo si una empresa a diciembre de 2001 tenía resultados acumulados equivalentes a $ 100, que hubiesen pagado, con anterioridad Impuesto a las Ganancias, de no haber habido inflación, hubiese pagado esos $ 100 como dividendos libres de impuesto a sus accionistas.
Hoy esos $ 100, sólo por los efectos de la inflación (asumimos 94%) serían $ 194. Si la empresa, tal como se lo permite su balance contable, al terminar el año 2002 decidiera pagar los $ 194 de dividendos, deberá tributar $ 32,9 de Impuesto a las Ganancias, equivalentes a 35% de los $ 94 de ajuste por inflación contable sobre los resultados acumulados. Es decir, que sobre la ganancia obtenida en 2001, que antes del impuesto era de $ 154, pagó $ 54 al vencimiento de la declaración en 2002 y volverá a pagar $ 32,9 un año después al distribuirla.
Si no se adapta la ley al distribuir las utilidades sobre las cuales previamente se tributó Impuesto a las Ganancias, se estaría volviendo a tributar sólo por la falta de actualización de los resultados acumulados impositivos que son base para la comparación.
(*) Ernst & Young




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