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2 de octubre 2026 - 07:36

Excluyen a los bancos que no son grandes empresas del régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyME

La medida alcanza a 39 de las 73 entidades financieras que operan en el país. Responde a un pedido de asociaciones bancarias, luego de que ARCA las obligara a emitir comprobantes electrónicos.

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AFIP

El Gobierno dispuso que las entidades financieras que no estén categorizadas como "empresas grandes" no estarán obligadas a operar con el régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyME. La medida fue establecida por la Resolución 400/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, publicada este viernes en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Coordinación de Producción, Pablo Lavigne, a cargo de las competencias de esa área.

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El régimen, creado por la Ley 27.440, busca mejorar el financiamiento de las pymes mediante el cobro anticipado de los créditos que tienen contra sus clientes. Para eso, establece que en todas las operaciones en las que una micro, pequeña o mediana empresa deba emitir una factura o un recibo electrónico a una empresa grande, debe hacerlo a través de una Factura de Crédito Electrónica MiPyME.

Según los considerandos, el cambio se originó a partir de una modificación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Desde 2003, las entidades financieras estaban exceptuadas de emitir comprobantes por sus operaciones de intermediación financiera, pero en febrero de este año la Resolución General 5.824 eliminó esa excepción a partir del 1 de julio. Luego, ante dificultades operativas planteadas por los sectores alcanzados, la Resolución General 5.866 estableció que la obligación se aplicaría de manera progresiva y por etapas.

Frente a ese escenario, diversas asociaciones bancarias presentaron un reclamo ante ARCA, que fue remitido a la Secretaría, en el que expresaron su preocupación porque una parte de las entidades quedaría incluida dentro del régimen y pidieron ser exceptuadas.

De acuerdo con el texto, del listado de "empresas grandes" publicado por ARCA surge que solo 34 entidades financieras reúnen esa categoría, mientras que, según información del Banco Central de la República Argentina (BCRA), hay 73 autorizadas a operar en el país. De esta forma, 39 entidades quedan fuera de esa categorización y son las alcanzadas por la exclusión.

En los fundamentos, la norma sostiene que incluir a estas entidades desvirtuaría la finalidad de la ley, ya que el régimen fue concebido como una herramienta de financiamiento comercial entre proveedores pymes y grandes empresas, y no para operaciones propias de la intermediación financiera. Además, aclara que la exclusión no implica un menoscabo de los derechos, beneficios ni mecanismos de financiamiento previstos para las pymes, que conservan todas las herramientas en sus relaciones con el resto de los sujetos obligados.

La exclusión regirá desde el momento en que a cada entidad le resulte exigible la emisión de comprobantes electrónicos, conforme al cronograma fijado por ARCA.

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