La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permitirá que los contribuyentes con problemas financieros y comerciales justificados puedan abonar sus impuestos corrientes en hasta 8 pagos, siempre y cuando no tengan deudas acumuladas y justifiquen su situación. El organismo que encabeza Alberto Abad reglamentará hoy este Nuevo Régimen de Asistencia Financiera, con el cual un contribuyente que esté al día en su situación fiscal pueda liquidar el pago de un impuesto corriente (IVA, Ganancias, impuesto al cheque, Ganancia Mínima Presunta, Internos, Combustibles, etc.), y los aportes a la Seguridad Social, abonando 20% en efectivo y el resto en planes de 4 u 8 cuotas consecutivas. En el primer caso, la posibilidad de acceder a este régimen tendrá que ser determinada por el jefe de agencia al que corresponda el contribuyente, mientras que en la segunda, la decisión será del jefe de región además de la autorización del juez administrativo. De todas maneras, cada pago no podrá ser inferior a 300 pesos.
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Dentro del régimen no ingresarán ni las retenciones ni percepciones impositivas, los aportes de los trabajadores autónomos, los aportes a las contribuciones a las obras sociales, las cuotas de las ART, las cuotas del monotributo y los planes de facilidades de pago vigentes, incluyendo las dos moratorias.
En este sistema tampoco ingresan las deudas anteriores al mes en curso. Por ejemplo, si un contribuyente quiere liquidar en mayo un impuesto que debería haber liquidado en abril o en meses anteriores, no podrá utilizar este sistema. Así como se eliminará también por resolución de la AFIP la vigencia de los planes de facilidades de pago que funcionaban hasta la aplicación de la moratoria que cerró el mes pasado. Estos regímenes permitían a los deudores a la AFIP cancelar impuestos hasta en 90 cuotas con tasas menores a 3% mensual que impone el organismo recaudador. De esta manera, un contribuyente únicamente podrá pagar en efectivo y con punitorios los pagos atrasados. Fuera de este nuevo régimen, según los datos de la AFIP, en las dos últimas moratorias se reconocieron deudas de los contribuyentes por 4.310 millones de pesos. Aquí se incluye tanto el llamado a regularizar deudas tributarias y previsionales acumuladas hasta octubre del año pasado cuya inscripción venció en abril, como el que permite cancelar deudas del período noviembre de 2001 y febrero de 2002. Esto significa que hasta ahora, y en relación con el PBI, estos dos llamados resultaron los más exitosos de los últimos 11 años en cuanto a resultados de las moratorias; ya que representan 1,6% del producto contra 1,5% del llamado de José Luis Machinea del año 2000.
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