19 de junio 2001 - 00:00

Impuesto al cheque

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este fin de semana el procedimiento que se deberá respetar para liquidar el incremento en la alícuota del tributo a los débitos y cuentas corrientes (más conocido como el impuesto al cheque) de 2,5 a 4 por mil. Este incremento, que rige desde el 3 de mayo pasado, podrá computarse a cuenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Ganancias en un porcentaje total de 37,5% del total del tributo, tal cual lo dispuso el ministro Domingo Cavallo con la reglamentación de la medida a través del decreto 830. La nueva reglamentación, formalizada a través de la Resolución General 1.028 que lleva la firma de Héctor Rodríguez, se dispone también la obligación de trabajar a partir del operativo «IVA-Versión 3.1» para efectuar las deducciones en ese impuesto.

Formularios

En el caso de las deducciones para el impuesto a las ganancias y ganancia mínima presunta los contribuyentes deberán utilizar la declaración jurada «Solicitud de Imputación de Créditos», Formulario 343.

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