25 de enero 2002 - 00:00

Impuestos por cajeros

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso ayer que los pequeños y medianos contribuyentes podrán pagar a través de los cajeros automáticos los impuestos a la Ganancia Mínima Presunta, Bienes Personales, Ganancias, IVA, Monotributo y los aportes y contribuciones de Trabajadores Autónomos, y Servicio Doméstico. El organismo recaudador estableció esta norma a través de la Resolución General 1.206, que lleva la firma de Alberto Abad, y a través de la cual se computarán como válidas las obligaciones fiscales «cuando la operación practicada mediante el cajero automático haya sido realizada hasta las 24 horas del día en que opere su respectivo vencimiento».

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