15 de mayo 2007 - 00:00

Juez avala que estaciones de servicio cobren extra

El juez Correccional Jorge Cóppola rechazó un recurso de amparo presentado por la Multisectorial que encabeza la CGT contra el cobro del llamado «servicio de playa» de 15 centavos por litro de combustible vendido por parte de las estaciones de servicio, según se informó ayer.

En su fallo, el magistrado señaló que las expendedoras «podrán seguir percibiéndolo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo».

El recurso fue presentado luego que la Multisectorial local organizó el pasado lunes una multitudinaria marcha para protestar por el cobro de ese plus.

El abogado que representa a los empresarios, Fabián Melián, explicó que el recurso se desestimó «debido a que se trata de una medida cautelar innovativa que, de hacerse lugar, generaría una modificación anticipada de una situación jurídica».

  • Jurisprudencia

  • El magistrado, en su fallo, afirma que «tampoco se encuentra sumariamente acreditado el daño irreparable ya que hay estaciones de servicio en Junín que no aplicaron el aumento».

    Melián aclaró que este fallo «no resuelve el fondo del asunto, pero es una jurisprudencia importante que se fija a nivel provincial y nacional juntamente con el fallo de Salta, que refrenda la aplicación por cada una de las estaciones del canon transitorio de servicio de playa por un tema de grave déficit de rentabilidad del sector. Esto implica que es legal hoy en Junín la aplicación de ese plus».

    Citando a Cóppola, Melián agregó que «con muy buen criterio ha dicho que es inviable la medida cautelar porque no se reúnen los dos requisitos que hacen falta para que una medida cautelar prospere: la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora».

    El amparista, en su demanda, «lo debió haber probado, cosa que no hizo, por lo cual lo rechaza», dijo Melián.

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