Monopolio "Clarín": otro revés judicial
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En los fundamentos de su fallo, la Cámara afirma que «en relación a la nulidad decretada por el magistrado de primera instancia respecto de la declaración brindada por David Martínez (...) surge claramente de la lectura de los autos principales que al momento de disponerse (esa diligencia) obraba en el legajo requerimiento de instrucción. En dicho instrumento se pone de manifiesto que se ha denunciado la gran expansión de algunos grupos económicos que realizaron inversiones en empresas de radiodifusión».
En el mismo párrafo los camaristasrecuerdan que «estas operaciones se habrían llevado a cabo mediante la compra de paquetes accionarios y sus sucesivas transferencias a otras empresas, no resultando claro el origen de los fondos de esas transacciones». Agregan que Martínez, si bien explicó largamente su vinculación con Fintech, «no se interpreta que se haya vulnerado el principio de autoincriminación que establece el art. 18 de la Constitución nacional».
Esto, obviamente, constituye una derrota para el monopolio: de haberse confirmado la nulidad dictada por Rafecas, las pruebas en su contra que surgieron de los allanamientos y la testimonial de Martínez se habrían perdido para siempre. La causa ahora vuelve a Rafecas para que siga investigando los delitos denunciados.
La misma se originó en una denuncia de un grupo de acreedores de CableVisión que se consideraron estafados por los entonces propietarios de la empresa de televisión por cable, y por lo tanto también los acusan de administración fraudulenta. A esta causa se le sumó a fines del año pasado otra en la que un grupo de consumidores de la provincia de San Luis reclamó la nulidad de la fusión entre Multicanal y CableVisión, acusación que sigue su trámite pese a las maniobras de los representantes legales del monopolio.



