Penarían delitos informáticos
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• El «cracker» será reprimido con prisión de un mes a tres años, cuando «ilegítimamente y a sabiendas, alterare de cualquier forma, destruyere, inutilizare, suprimiere o hiciere inaccesible, o de cualquier modo y por cualquier medio, dañare un sistema o dato informático». Con esta figura se castigará a quienes envían virus informáticos por e-mail como los «troyanos» o «gusanos» que borran o dañan archivos y llegan a dejar inutilizados discos rígidos. La pena será de dos a ocho años de cárcel, si el «cracking» impide el libre ejercicio de una autoridad, si fuera cometido contra un sistema informático de valor científico, artístico, cultural o financiero de cualquier administración pública, o concerniente a la seguridad, defensa nacional, salud o la prestación de servicios públicos, según el tercer artículo. Si el daño informático ocasiona un daño permanente en la salud de una persona -como la pérdida de un sentido, un miembro o un daño mental-, la pena será de tres a quince años de prisión, y si resultare la muerte se elevará hasta veinte años de cárcel. El fraude informático es castigado por el artículo cuarto con prisión de un mes a seis años, para quien «con ánimo de lucro, para sí o para un tercero, mediante cualquier manipulación o artificio tecnológico semejante de un sistema o dato informático, procure la transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro». En el caso de que el fraude recayera en alguna administración pública o entidad financiera, la pena contemplada por el anteproyecto es de dos a ocho años de prisión. Los Estados Unidos contaban desde 1986 con la Federal Abuse and Fraud Act, que les brindaba un marco legal para defenderse de los delitos informáticos, pero en 1994 actualizó su legislación, que prevé para los hackers penas de uno a diez años de prisión -con multas accesorias-, y en caso de reincidentes se eleva a 20 años.




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