3 de marzo 2002 - 00:00

Período muy extenso para renegociación de contratos de las Telcos en Argentina

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BUENOS AIRES (Standard & Poor's) Feb. 18, 2002 —Mediante el decreto presidencial 293/2002 de fecha 13 de Febrero de 2002, el Gobierno de la República de Argentina estableció las pautas para la renegociación de los contratos de provisión de servicios públicos, incluyendo las telecomunicaciones. En la opinión de Standard & Poor's, el período de cuatro meses establecido para la renegociación, pareciera ser demasiado extenso considerando las significativas incertidumbres existentes sobre el futuro de la industria después del congelamiento de las tarifas a comienzos del corriente año.
Las licencias otorgadas a y a (ver lista de calificaciones actuales adjunta)en el proceso de privatización de las telecomunicaciones de Argentina en 1992 establecían tarifas en dólares americanos que se ajustaban en forma semestral por el Índice de Precios al Consumidor de los Estados Unidos. Sin embargo, como consecuencia de la crisis económica de Argentina, el Gobierno introdujo una serie de medidas tendientes a moderar el impacto de la devaluación del peso Argentino sobre los consumidores finales. Una de las iniciativas establecidas por la “ey de Emergencia Económica”(Ley 25.561) de principios de Enero 2002 fue la eliminación de los mecanismos existentes de fijación de tarifas públicas, sumado al congelamiento y pesificación de las mismas.
El decreto 293 establece la creación de una comisión ad-hoc liderada por el Ministerio de Economía con la participación de las compañías prestatarias, asociaciones de usuarios y consumidores, y los entes de regulación y control. La comisión deberá discutir el nuevo sistema de fijación de precios y el impacto de los cambios de las tarifas en la competitividad de la economía. A su vez, también se revisarán los planes de inversión, el interés de los usuarios, la accesibilidad de los servicios, y la rentabilidad de las empresas del sector.
La comisión ad-hoc que deberá constituirse dentro de los treinta días posteriores a la fecha de publicación del decreto, tiene un período máximo de 120 días (cuatro meses) para presentar una propuesta, de carácter no vinculante, al Congreso Argentino. Luego de los cuatro meses mencionados, el Congreso necesitará aún más tiempo para discutir la misma y tomar una decisión respecto del nuevo mecanismo de fijación de tarifas. En este sentido, el procedimiento establecido pareciera ser demasiado extenso dadas las altas incertidumbres existentes en la industria de telecomunicaciones desde principios del año 2002.
Tanto Telefonica de Argentina como Telecom Argentina han realizado considerables inversiones desde la privatización, financiadas en parte a través de deudas denominadas en moneda extranjera (prácticamente el 99% de los US$ 5.4 billones de su endeudamiento agregado a Septiembre 2001, estaba denominado en moneda extranjera). Es por esto, que la pesificación de las tarifas ha provocado un dramático desfase para todo el sector. A su vez, la potencial pesificación de las deudas domésticas establecida por el decreto presidencial 214/2002 no mejoraría significativamente el perfil financiero de dichas compañías, dado que la mayor parte de sus deudas provienen del exterior (más del 90% de su endeudamiento agregado).
La resolución del aspecto tarifario es un tema clave para la industria. En el futuro, la calidad crediticia del sector, así como el nivel de inversiones y su capacidad de generar directa e indirectamente, dependerán, sin duda, del desenlace de la renegociación de las cláusulas de ajuste de las tarifas.


CALIFICACIONES EXISTENTES Escala Global Escala Nacional
Moneda Local Moneda Extranjera
Telefonica de Argentina S.A. -- SD raAA-
Telecom Argentina STET-France Telecom S.A.
CCC+ SD raA+

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