Un tribunal de Lomas de Zamora rechazó ayer un amparo de «segunda generación» de un ahorrista que reclamaba la devolución de la diferencia por la pesificación de sus depósitos en dólares.
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El juez basó su decisión en el fallo pesificador de la Corte Suprema en el caso Bustos, pero haciendo la salvedad que en ocasiones anteriores se había pronunciado a favor de otorgar la medida cautelar en aquellos casos en que el amparista se encontraba comprendido dentro de las excepciones.
La puntual mención del juez Angel Gabriel Di Matteo generó algunas controversias entre abogados.
Según interpretaban, Di Matteo no habría seguido la línea de la Corte de convalidar la constitucionalidad de la pesificación, sino se habría atenido al criterio mayoritario de los magistrados, que entendieron que la vía del amparo no era admisible en estos casos «por no estar acreditada la violación de los preceptos constitucionales». (No olvidar que el máximo Tribunal habló de una desnaturalización de esta vía y llegó a decir que hubo un « festival de amparos»).
En rigor, la jurisprudencia que existe para rechazar los recursos de amparos de «segunda generación» la instaló el caso Gerónimo Cabrera, un ahorrista que cobró su plazo fijo en dólares pesificado a 1,40 y reclamaba la diferencia con la cotización en el mercado libre. La Corte le rechazó el recurso valiéndose de la teoría de los actos propios (que sostiene que al aceptar las reglas no da lugar a reclamo).
En medio de una discusión entre los jueces sobre si acatan o desconocen el fallo pesificador, el juez Di Matteo resolvió rechazar el amparo de una ahorrista por diferencia de cotización, entre el valor de 1,40 peso por dólar que le entregaron (en los bancos Francés y Río), y la cotización de la moneda norteamericana en el mercado.
En su resolución, el magistrado denegó la medida cautelar, pero no se pronunció sobre los planteos efectuados por el amparista sobre la constitucionalidad de la pesificación. En este sentido, señaló que esa declaración la formulará al momento de dictar la sentencia definitiva.
Además, pidió al gobierno y los bancos donde estaban los depósitos «un informe circunstanciado sobre los antecedentes y fundamentos de la medida atacada, así como todo otro dato de interés para la dilucidación de la causa».
Actualmente, en la Cámara en lo Contencioso Administrativo se encuentran radicados unos 100 mil amparos que aguardan una resolución del Tribunal. En estos casos, los magistrados deben resolver primero si aceptan la jurisprudencia sentada por la Corte que avala la pesificación.
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