La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Turismo de la Nación precisaron este viernes los alcances del reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los turistas extranjeros que contraten hotel u otro tipo de hospedaje y sea pagado con tarjetas de crédito o débito emitida en el exterior.
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La medida, que tiende a alentar el turismo receptivo y fue establecida por la resolución conjunta general 3971 de la AFIP y 566/2016 del Ministerio de Turismo, publicadas en el Boletín Oficial, tendrá vigencia a partir de enero de 2017 y para obtener este beneficio los hospedajes deben ser Responsables Inscriptos en el impuesto.
El monto a reintegrar se calculará sobre la base de la tarifa por noche, incluyendo el desayuno, y la devolución será automática y directa, es decir que quedará expuesta en la factura y no requiere trámite adicional y alcanza al extranjero que adquiera estos servicios.
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