La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) consideró que las comisiones que cobran las tarjetas de débito y crédito a los pequeños y medianos comerciantes son «elevadas» y responsabilizó al Banco Central de no reglamentar el artículo de una ley que limita los intereses financieros.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
«Estos abusos son posibles en razón de que el Banco Central nunca reglamentó el artículo 16 de la Ley 25.065 de tarjetas de crédito, para que se aplique el límite a los intereses financieros allí establecidos, los que no pueden superar en más de 25% la tasa que la entidad bancaria aplique a los prestamos personales», indicó en un comunicado. La CAME aclaró que «la tasa para préstamos personales es hoy del orden de 8% a 10%». Según la CAME, «con márgenes de comisiones y tasas del sistema más razonable, se estimularía el consumo revitalizando el mercado interno».
De acuerdo con la entidad que agrupa a pequeños y medianos comerciantes e industriales, «las comisiones que cobran las tarjetas al pequeño y mediano comercio siguen siendo elevadas». «Es excesiva la comisión de 2% para las operaciones con tarjetas de débito, que en definitiva es una simple trasferencia electrónica y de acreditación inmediata», indicó. Agregó que «mucho más desproporcionado resulta 5% que se cobra al comerciante en las ventas realizadas con tarjetas de crédito, ya que le significa al empresario entre 30% y 25% del margen neto su venta. Es, además, 500% más caro que el que les cobran a los hipermercados (1%)». Sostuvo que «por otra parte, 35% de interés anual que se cobra al usuario que financia el saldo del pago mínimo, no sólo resulta un abuso, sino que, además, constituye una fabulosa transferencia de recursos del mercado de consumo al sistema financiero».
«Esa tasa es aún más desproporcionada, por calificarla de alguna manera, si se la compara con la que pagan las entidades financieras para los depósitos a plazo fijo, que es de 3% anual, ya que aquélla es casi 12 veces superior a ésta.»
Dejá tu comentario