El gobierno publicó ayer en el Boletín Oficial la reforma a la carta orgánica del Banco Central y a la Ley de Entidades Financieras, por lo que desde ese momento el Ministerio de Economía dispone plenamente del aumento de adelantos del BCRA al Tesoro por $ 4.800 millones. Pero en la promulgación de la ley el gobierno decidió vetar un artículo que disponía facultades al Central para eximir o reducir cargos, multas y penalidades en casos excepcionales a las entidades financieras en problemas -lo que implica un recorte de poderes- y otro párrafo que, por un error de redacción, había reservado al Senado la aprobación del presupuesto, plan de acción anual, cálculo de recursos y el nivel de sueldos de los empleados del BCRA, cuando en realidad es una tarea que compete al Congreso en su totalidad.
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La reforma a la Ley de Entidades Financieras y a la carta orgánica del Banco Central, que amplían la asistencia al Tesoro nacional y dan protección legal a los directores de la entidad que intervengan en la reestructuración de bancos, comenzó a regir ayer. La Ley 25.780 fue sancionada el 27 de agosto pasado, luego de que la Cámara de Diputados aprobó algunas de las leyes económicas enviadas por el Poder Ejecutivo, con el objeto de agilizar las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional para la firma de un acuerdo a tres años de plazo.
Desde mediados de los años noventa, el FMI venía reclamando para que a los directores del Banco Central que participen en la reestructuración de entidades financieras se los preserve de eventuales acciones judiciales, aunque esta exigencia siempre encontró fuerte resistencia en el ámbito legislativo.
• Revisión
La reforma introducida en la Ley 25.780 establece que los actos adoptados por el Banco Central o Superintendencia de Entidades Financieras o Cambiarias «sólo serán revisables en sede judicial cuando hubiere mediado arbitrariedad o irrazonabilidad manifiestas», un nivel de protección muy inferior a la inmunidad que había pedido el Fondo.
Permite también ampliar la asistencia al Tesoro Nacional. El nuevo artículo 20 de la carta orgánica del BCRA establece que la entidad «podrá hacer adelantos transitorios al gobierno nacional hasta una cantidad equivalente a 12 por ciento de la base monetaria», mientras se mantiene la autorización anterior para otorgar adelantos hasta un monto que no supere 10 por ciento de los recursos en efectivo, que el gobierno nacional haya obtenido en los últimos doce meses.
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