La modificación de la ley de Impuesto a las Ganancias, que eleva el mínimo de ingresos no imponible a 4.600 pesos para trabajadores casados con dos hijos, y a 3.400 para solteros, fue publicada hoy en el Boletín Oficial y ya comenzó a regir .
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Debido a que los cambios en el gravamen son retroactivos al 1 de enero de este año, la devolución de los descuentos por Ganancias realizados hasta la fecha se verá en los "salarios de septiembre", adelantó hoy el ministro de Trabajo, Carlos Tomada.
La vigencia de las modificaciones es retroactiva al 1 de enero de este año, por lo que los empleadores deberán recalcular y devolver el Impuesto a las Ganancias retenido en los salarios con la próxima liquidación de sueldos, según el texto de la resolución.
"El sistema ya ha comenzado a regir desde esta semana. En todo caso hay algunas dudas ya aclaradas, y la devolución de los descuentos se verá en los salarios de septiembre", afirmó Tomada.
No obstante, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió hoy dos resoluciones que reglamentan los cambios en el Impuesto a las Ganancias establecidos por la Ley 26.287 y que modifican las deducciones que los contribuyentes, tanto autónomos como empleados, tendrán de ahora en más.
El decreto fue firmado ayer por el presidente Néstor Kirchner en un acto que se llevó a cabo en el despacho presidencial con la asistencia del ministro de Economía, Miguel Peirano; del secretario de Hacienda, Carlos Mosse; y del titular de la Afip, Alberto Abad.
El objetivo de esta modificación fue incrementar el poder adquisitivo de los salarios de los segmentos medios de la población.
La Cámara de Senadores, luego de la media sanción de Diputados, hizo lo suyo al convertir en ley -con el voto unánime de los 44 senadores presentes-, el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo, beneficiando a más de 700.000 trabajadores.
Según los especialistas en la materia, la medida puede llegar a representar un ingreso extra de hasta 1.000 pesos por el reintegro de los descuentos realizados desde enero a la fecha por Ganancias.
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