Ya rige plazo de 5 años para negociar con las petroleras
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La medida fue recibida de distintas maneras por las empresas petroleras. Para Esso se está introduciendo una regulación en un mercado que está desregulado desde 1991 y, en consecuencia, se observa al decreto como un antecedente peligroso. Según esa empresa, además, el decreto derivará en desinversión en las estaciones de servicio no propias de las petroleras porque el plazo de cinco años es muy breve para amortizar la inversión que requiere la modernización y la actualización tecnológica de los surtidores.
El proyecto de Repsol de aumentar el número de estaciones propias va en sentido opuesto a lo que busca el decreto, por lo menos en apariencia. Al fijarse un límite de 40% para las estaciones propias de las petroleras cuando actualmente ninguna supera 12% de surtidores de su propiedad dentro de la red, se dejó abierta la posibilidad a proyectos como el de Repsol, aun cuando ésta ya tenía por lo menos enunciado el plan desde que compró YPF.
La expectativa declarada en los fundamentos del decreto y explicitada por el secretario de Defensa de la Competencia, Carlos Winograd, es crear condiciones más favorables para el ingreso de firmas independientes a la comercialización minorista (estaciones blancas) y la formación de un mercado mayorista, integrado por empresas independientes de las petroleras con mayor poder de mercado.
Apertura
Según Winograd, era necesario quebrar la tendencia de los últimos dos años en que los contratos entre petroleras y estaciones empezaron a hacerse por plazos de hasta 15 años. En su opinión, como en el próximo año, vence una cantidad importante de contrataciones, y como éstas se harán en lo sucesivo por cinco años, se abre la posibilidad de que petroleras que nunca operaron en la Argentina, como Texaco, se interesen por el mercado al tener un volumen potencial de estaciones a contratar.
Equipamiento
En principio, sin embargo, la consecuencia podría ser que las demás petroleras instaladas en el país sigan la misma política de Repsol-YPF, porque por una cuestión de mercado ninguna quiere comercializar sus productos y su marca en estaciones que no estén equipadas adecuadamente.
El decreto fija también un plazo de 30 días para que la Secretaría de Energía dicte los mecanismos de monitoreo de calidad de los combustibles que se comercializan en las estaciones de todo el país, estableciendo mecanismos de certificación de calidad y sanciones en caso de que se venda producto adulterado. En este punto, no queda claro cómo hará la Secretaría de Energía con el escaso personal con que cuenta para controlar el combustible vendido en más de
6.000 estaciones y con cuánta periodicidad lo hará.



