30 de junio 2010 - 00:12

CIADI anuló fallo contra la Argentina

• Es el juicio de Sempra por Camuzzi Gas

Joaquín Da Rocha
Joaquín Da Rocha
El CIADI, tribunal arbitral del Banco Mundial, anuló ayer por primera vez en forma total un laudo anterior en contra de la Argentina, que había dictado en 2007 a favor de la compañía norteamericana Sempra Energy International, accionista de las distribuidoras de gas Camuzzi Sur y Pampeana. La información fue difundida por la Procuración del Tesoro, a cargo de Joaquín Da Rocha.

Según el informe, a fines de 2002 Sempra solicitó un arbitraje ante el CIADI a raíz de las medidas de emergencia tomadas por la Argentina en relación con el transporte y la distribución de gas, con motivo de la crisis que se desató a fines de 2001. La compañía alegó que tales medidas violaban el contrato de concesión y, en consecuencia, el tratado de protección recíproca de inversiones entre la Argentina y Estados Unidos.

Un primer tribunal del CIADI dictó un laudo en setiembre de 2007 condenando al Estado argentino al pago de alrededor de u$s 128 millones más intereses. Pero, por su parte, la Argentina solicitó la anulación de ese arbitraje alegando que el tribunal se había extralimitado en sus facultades al no considerar el artículo XI del tratado bilateral con Estados Unidos, según el cual los dos países pueden tomar medidas necesarias para mantener el orden público y proteger sus intereses esenciales de seguridad. Sobre la base de ese artículo, la Argentina justificó las medidas de emergencia adoptadas en el sector del gas.

Finalmente, tras la virtual apelación argentina, el llamado comité del caso Sempra -una especie de tribunal de alzada dentro del sistema del CIADI- decidió por unanimidad anular totalmente el laudo dictado anteriormente, dando lugar a la postura argentina.

Asimismo, el comité ordenó a la compañía norteamericana reembolsar a la Argentina los costos del CIADI en relación con el procedimiento de anulación. La decisión implica la primera anulación total de un laudo de este tribunal internacional contra la Argentina. Con anterioridad, otro tribunal de alzada había anulado parcialmente el laudo dictado a favor de la compañía norteamericana CMS Gas Transmission Company, que era accionista de Transportadora de Gas del Norte (TGN). Sin embargo, como las decisiones del CIADI no crean jurisprudencia, puede ocurrir que otro comité de alzada adopte una posición contraria.

Mientras se concretaba el procedimiento de anulación, Sempra había intentado embargar preventivamente la casa museo en la que vivió José de San Martín en Boulogne Sur Mer, Francia, y el edificio del Colegio Mayor Nuestra Señora de Luján en España. Pero luego de la anulación, Sempra perdió todo derecho a cobrar el monto del laudo, y los embargos quedarán sin efecto.