La Corte Suprema dejó firme el fallo que prohíbe al Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Capital Federal (Cucicba) el cobro de comisiones superiores al tope legal en las operaciones en las que intervenga, lo que impacta directamente en los contratos de alquileres de viviendas y locales.
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Corte: respeto a comisiones inmobiliarias
El máximo tribunal, por unanimidad y por razones formales, desestimó el “recurso de queja” presentado por el Colegio, representado en el expediente por el abogado Alexander Christian Rodríguez.
El fallo que ahora quedó firme establece que el Cucicba no puede cobrar comisiones inmobiliarias por encima del tope legal (que al inicio de la demanda era de 4,15 por ciento para alquileres de vivienda y luego se redujo por ley a cero por ciento para los inquilinos) y además debe controlar que ese tope se cumpla en todos los contratos.
La Corte dejó firme un fallo de 2018 el Tribunal Superior de Justicia porteño que estableció ese límite para el Colegio y ratificó que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires es la autoridad regulatoria en la materia.
Ello significa que las comisiones deben ser fijadas por ley y que los agentes inmobiliarios agrupados en el Cucicba tienen la obligación de acatarlas.
Más allá de haber sido atacada por una cuestión formal, la resolución de la apelación llega en momentos en el que el Congreso debate qué hacer con la ley de alquileres, cuyo resultado ha sido desventajoso y da una señal de cara a proteger el reclamo de los inquilinos que serían los primeros afectados por la apelación de la decisión del TSJ.
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