Impuesto local. El abono mensual de plataformas como Netflix pasará a costar desde mayo un 23% más en la provincia.
A partir del próximo mes, los habitantes de Córdoba pagarán un 23% más por el uso de contenidos y servicios digitales como Netflix y Spotify, en sintonía con la entrada en vigencia del cobro del IVA por parte de la AFIP y un adicional del 2% por Ingresos Brutos. De esta manera, la provincia mediterránea se convertirá en el primer distrito en efectivizar el cobro de un impuesto local. Ese camino, sin embargo, también podrían adoptarlo Santa Fe, la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires que, como Córdoba, ya cuentan con normas impositivas en la misma línea, pero aún no las han puesto en vigencia.
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Por caso, en diciembre de 2016 la Legislatura santafesina avaló el cobro de una alícuota de Ingresos Brutos del 3,6% a las empresas que comercialicen en forma electrónica entretenimientos audiovisuales, pero no se llegó a instrumentar.
A nivel nacional, en tanto, el extitular de la AFIP Alberto Abad anunció antes de abandonar el cargo que ya estaban listas las normas reglamentarias para comenzar a cobrar el IVA a las plataformas digitales radicadas en el exterior, como Netflix y Spotify. Esa normativa -incluida en la reforma que el Congreso votó a fines de 2017- se publicará en los próximos días y se descuenta que estará operativa en mayo.
Según la ley nacional, pagarán el impuesto a las compras los servicios "prestados por un sujeto residente o domiciliado en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país".
En el caso de Córdoba, la administración de Juan Schiaretti cree que, pese a que los servicios más populares son Netflix y Spotify, la mayor recaudación llegará a partir de plataformas que ofrecen contenidos en la nube.
De acuerdo con la Ley 10.508 -modificada Código Tributario Provincial- se gravará "la comercialización de servicios de suscripción online, de entretenimiento audiovisual, que se transmita desde internet a televisión, computadoras, dispositivos móviles, consolas conectadas y/o plataformas, por sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el exterior".
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