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El Central, contra “bancos pantalla”
«Estas normas van en línea con las exigencias establecidas por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y con la recomendación del GAFI», agregaron desde el BCRA.
Entre los requisitos que se incorporan, se destacan los siguientes: los bancos del exterior deben contar con un manual de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo adecuadamente implementado.
Además, se cuidará especialmente de que no se trate de «entidades pantalla», que son aquellas que no realizan negocios en la jurisdicción donde están autorizados a operar, no emplean allí personal estable «full time» ni mantienen allí registros contables o no son supervisados por una autoridad local.

