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Emergencias
La medida fue dispuesta a través de la Resolución 1394/2011 publicada ayer en el Boletín Oficial y regirá por 12 meses a partir del 13 de octubre del corriente año.
Para poder acogerse a los beneficios de la ley, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
A su vez, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la AFIP arbitrarán los medios necesarios para que los productores comprendidos en la medida gocen de los beneficios impositivos correspondientes.


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