El titular de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, salió ayer nuevamente a respaldar el fallo dictado por el máximo tribunal sobre las supuestas limitaciones en casos de movilidad jubilatoria y aclaró que «no cambió absolutamente nada» respecto de los dictámenes generales del cuerpo sobre la materia, así como que el rechazo de la causa Cirillo se debía a «una interpretación» y «no por un cambio de criterio».
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La Corte había aclarado durante el fin de semana, a través de un comunicado, estos puntos, luego de que transcendiera el fallo en dos diarios porteños y se afirmara que el máximo tribunal había limitado las pautas necesarias para aplicar el reajuste de los haberes jubilatorios.
En el escrito se afirma que «la Corte Suprema de Justicia de la Nación estima necesario destacar que no ha fijado pautas o limitaciones novedosas en materia de movilidad jubilatoria sino que ha revocado una sentencia en función de las alternativas procesales del caso». También señala que, respecto de los reajustes jubilatorios correspondientes al período 2002-2006, el cuerpo «aplicó el tradicional principio según el cual la competencia de los tribunales de segunda instancia se encuentra acotada por la extensión de los recursos concedidos».
Así, consideró que le correspondía a la Sala II de la Cámara Federal de Seguridad Social «resolver sólo los planteos de la ANSES, única parte que había recurrido, ya que debía interpretarse que el actor, al no haber apelado la sentencia de primera instancia, aprobaba sus disposiciones y, por lo tanto, ésta quedaba firme a su respecto».
Según explica el fallo, la Sala II de la Cámara había revocado parcialmente lo resuelto en primera instancia en donde se «había dispuesto el reajuste del haber del jubilado», tras lo cual la ANSES interpuso recurso extraordinario ante la Corte.
«Se advierte que el jubilado no dedujo recurso alguno contra la disposición del juez de grado que sólo trasladó a su haber el 70% de los incrementos del promedio de las remuneraciones, y que de tal modo convalidó una quita que la cámara no estaba en condiciones de revisar sin empeorar la situación de la única apelante, lo que lleva a descalificar la sentencia impugnada», consideró la Corte.
En noviembre de 2007, la Corte Suprema falló en el «Caso Badaro», ordenando al Gobierno que aumentara un 88,6% (según la evolución de los salarios del INDEC), los haberes al jubilado de ese apellido por la falta de aumento de las jubilaciones entre 2002 y 2006. Así, el máximo tribunal fijó jurisprudencia en un tema que tiene un impacto económico importante: 1,1 millón de jubilados quedaron en condiciones de reclamar ajustes similares.
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