29 de julio 2016 - 00:00

Nación acorrala a provincias por fondos jubilatorios

La reglamentación de la ley jubilatoria anticipa batalla con gobernadores en distritos con sistemas previsionales en rojo.

Nación acorrala a provincias por fondos jubilatorios
 El Gobierno de Mauricio Macri reglamentó el "Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados", en el que se impone una estricta revisión del Estado a los 13 distritos que no transfirieron sus cajas previsionales (sobre todo, quienes tengan excesivo déficit y necesiten ayuda financiera), que deberán "armonizar" sus sistemas jubilatorios con la ANSES "en un plazo no mayor a cuatro años" para recibir fondos.

El tema será materia de análisis excluyente en la reunión que el martes mantendrán los mandatarios en Buenos Aires con el ministro Rogelio Frigerio.

"Nación ayudará a quienes tengan déficit siempre y cuando acepten migrar, en este proceso de armonización, al esquema de jubilaciones de la ANSES. El que tenga superávit podrá mantener su sistema con fondos propios, al igual que el que esté rojo y no quiera cambiar de régimen", plantearon ayer desde Casa Rosada a Ámbito Nacional.

Así, la ley ubicará en una delgada línea a gobernadores que tendrán que defender, por caso, el pago de haberes más altos que el nacional (o un sistema con mejores condiciones para jubilarse), ante un Estado que propondrá un fuerte control de sus cajas previsionales y una armonización con premios y castigos financieros, en medio de cuentas (en muchas provincias) asfixiadas.

Las provincias involucradas -Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego-, permitirán a la ANSES que audite todos los números relacionados con los pagos jubilatorios.

Para ello, Nación y los 13 distritos deberán llegar a un acuerdo dentro de 120 días para "compensar las eventuales asimetrías que pudieran existir respecto de aquellas jurisdicciones que sí hubieran transferido sus regímenes previsionales, de manera de colocar a todas las provincias en pie de igualdad en materia previsional.

El artículo 26 plantea que "por armonización normativa se entiende la convergencia de la legislación provincial con la nacional en cuanto a los siguientes conceptos: I) edad de acceso a una Jubilación Ordinaria; II) alícuotas de Aportes Personales y Contribuciones Patronales; III) cantidad de años de servicio con aportes efectivos; IV) determinación del haber inicial; y V) mecanismo sustentable de movilidad de los haberes jubilatorios".

Además, el siguiente artículo expresa que el Estado deberá suscribir "convenios bilaterales anuales con cada provincia por los que, a través de ANSeS, se otorgará la asistencia financiera de los ejercicios 2017 a 2020, inclusive". En ese sentido, el 29 marca que "la armonización de un nuevo concepto mejorará un 20% el monto de asistencia financiera a transferir".

Sin embargo, "en caso de no verificarse ningún avance en materia de armonización durante la vigencia del convenio, para la asistencia del año siguiente ANSES podrá aplicar una quita de 10 puntos porcentuales acumulativos respecto del monto que le correspondería según el esquema propuesto".

En tanto, el artículo 32 de la reglamentada ley sostiene que "en el caso de que cláusulas constitucionales impidan el proceso de convergencia normativa con la legislación nacional", se "deberá proponer un esfuerzo mayor en otro concepto con el fin de garantizar la equidad en el esfuerzo fiscal de cada jurisdicción provincial", y se deja en claro que "el mayor gasto resultante no será financiado por el Estado y estará a cargo exclusivo de la provincia.

Dejá tu comentario