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YPF apelará el fallo por el acuerdo con Chevron
Miguel Galuccio
"La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que es la que tiene que resolver la apelación, ya rechazó un planteo idéntico al efectuado por Garrido, que en su momento realizó el senador Rubén Giustiniani", sostuvo YPF, en un comunicado. La empresa recordó que la Cámara dispuso que "YPF debe recibir el tratamiento de una sociedad anónima regida por el capítulo II, Sección V de la Ley 19.550, no encontrándose alcanzada por el régimen de acceso a la información pública". "Estas decisiones reafirman que todo lo actuado por YPF se encuentra dentro de la legalidad", añadió. Y aclaró que la petrolera "es una sociedad anónima y cumplió con todas las obligaciones que surgen de la Ley de Sociedades Comerciales y de la de Mercado de Capitales, por ser una sociedad que cotiza en la Bolsa de Buenos Aires y en la de Nueva York". Además, resaltó que difundió "todos los aspectos materiales del contrato celebrado con Chevron en los hechos relevantes del 16 de julio, 28 y 29 de agosto y 10 de diciembre de 2013, y 10 de abril de 2014; los estados contables auditados, que fueron presentados ante la Comisión Nacional de Valores y la Bolsa de Comercio de Buenos Aires; y el informe anual comunicado a la Securities and Exchange Commission (SEC), de Nueva York".
"Todas estas comunicaciones al mercado fueron acompañadas por sus respectivos informes de prensa. Además, el 29 de agosto de 2013, el propio presidente de YPF y el presidente de Chevron para las operaciones de exploración y producción en África y América Latina encabezaron una conferencia de prensa para explicar en profundidad todos estos aspectos del acuerdo", recordó.
La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María José Sarmiento había ordenado a YPF entregar información sobre el acuerdo con Chevron, al hacer lugar a una acción de amparo iniciada por el diputado Garrido. Fuentes judiciales informaron que la jueza otorgó un plazo de diez días hábiles para entregar la documentación solicitada. (Ver pág. 10).
Se trata de datos reclamados el 29 de mayo último al presidente y gerente general, Miguel Galuccio, sobre el acuerdo firmado por la explotación de Vaca Muerta mediante el Decreto 1.172 del año pasado. Desde la compañía argumentaron falta de legitimidad de Garrido para reclamar, y advirtieron que la información es reservada para las partes.
Sin embargo, la jueza Sarmiento resolvió que sí tiene legitimidad para Garrido, quien invocó el derecho de acceder a información pública. En la resolución, la magistrada sostuvo que que a YPF no le sea aplicable legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado nacional o los Estados provinciales tengan participación, no puede implicar que se la excluya del ámbito del derecho a la información pública, de raigambre constitucional e inscripto en cánones diferentes a los controles administrativos a los que alude el artículo", indicó en su fallo. Por otra parte, la jueza determinó que el argumento de YPF al no dar información invocando "compromisos de confidencialidad" y la existencia de "secretos industriales, comerciales, financieros, científicos y técnicos", es algo -según entendió- que "no satisface los supuestos legalmente previstos para justificar una negativa a una solicitud de información pública".


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