La casa de bolsa Bull Market Broker y su dueño, el candidato de Libertad Avanza a jefe de gobierno porteño Ramiro Marra, fueron sancionados por recomendar públicamente la compra de acciones de una empresa constructora.
Ramiro Marra debe pagar millonaria multa por recomendar acciones
El dueño de Bull Market Broker y su empresa recomendó la compra de acciones públicamente sin tener permiso de la Comisión Nacional de Valores.
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El problema fue que Marra no estaba estaba habilitado para hacer recomendaciones de inversión por la Comisión Nacional de Valores (CNV) y, en consecuencia, fue multado por $2 millones, mientras que su casa de bolsa deberá pagar $1 millón por la misma razón.
“Marra formuló recomendaciones para invertir en determinados títulos y, por otro lado, promocionó a la firma del ramo Bull Market, en la que trabajaba”, según denunció la CNV.
La CNV contra Marra: así fue el proceso
Las sanciones se aplicaron en el marco de la causa abierta por la CNV en 2020, Marra apeló y fueron ratificadas ahora por la Sala N° 3 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
En su defensa, Marra alegó que sus dichos no diferían de los que pueden encontrarse en diferentes medios especializados y afirmó que las normas reguladoras hacen referencia a que establecen que la infracción consiste en asesorar en virtud de un contrato con el cliente a cambio de una contraprestación y aseguró que eso no sucedió.
Sin embargo, finalmente, se dispuso que el candidato político infringió los artículos 117 inciso c) de la ley 26.831, 3 del Capítulo II del Título XII y 2 del Capítulo VII del Título VII de las Normas de la CNV, al promover la compra de acciones en medios de comunicación sin tener autorización.
Y, en cuanto a su rol en Bull Market, dijo que “no hay controversia en cuanto a que se desempeñaba como Responsable de Relaciones con el Público”. Pero también este argumento fue desestimado porque se consideró que estaba autorizado por la empresa para responder consultas particulares y, por otro lado, se indicó que la calificación de la conducta del sancionado no depende del cargo formal que haya tenido en la empresa, sino de las acciones específicas obradas por él.
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