Hoy, viernes 19 de septiembre, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comienza con la entrega de la Prestación por Desempleo. Un programa dirigido a aquellos titulares despedidos que se encontraban en relación de dependencia, conforme la Ley de Contrato de Trabajo N.°24.013.
ANSES depositará un bono de $322.000 en septiembre 2025 y sólo estas personas podrán cobrarlo
El trámite para solicitar esta ayuda económica se puede realizar a través del sitio web de la entidad, o en una oficina de atención presencial con turno previo.
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ANSES continúa con su calendario de pagos correspondiente a este septiembre 2025.
Así, su objetivo es brindar sostén financiero mientras el beneficiario busca un nuevo empleo, permitiendo que pueda cubrir sus necesidades básicas durante este período. El monto, por su parte, se calcula en base a los ingresos previos del solicitante y los meses trabajados con aportes; por lo que, en esta ocasión, un grupo de titulares recibirá un haber de $322.000. ¡Descubrí cómo solicitarlo!
Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES
La Prestación por Desempleo es una ayuda previsional tiene como objetivo beneficiar a los trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin causa justificada, por finalización de contrato o por motivos ajenos a su voluntad, o estén en situación de desempleo, según lo establecido en la Ley N.º 24.013.
Para poder solicitarla, los titulares deberán reunir la documentación necesaria y presentarla ante el organismo previsional:
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
- Si hubo un cruce de telegramas con tu empleador y te consideraste despedido, deberás realizar un trámite previo.
Quiénes pueden acceder
Con el fin de acceder a su cobro, los trabajadores deben haber realizado aportes al sistema previsional por un tiempo mínimo antes de quedar desempleados. Además, tienen que cumplir con estos requisitos:
- Trabajadores permanentes: haber trabajado al menos 6 meses con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el año previo a la finalización del trabajo.
- Trabajadores de la construcción: deben tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los dos años anteriores al despido o finalización de obra.
Cómo tramitar la Prestación por Desempleo
El trámite para solicitar la Prestación por Desempleo debe comenzarse dentro de los 90 posteriores al despido y este es el paso a paso para lograrlo:
- Reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente. Entre ellos, debe de haber un documento que acredite el desempleo, como un telegrama de despido, carta documento o copia del contrato de trabajo vencido.
- Ingresá en Atención Virtual del sitio web de ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. También, podés realizar esta solicitud en una oficina del organismo con turno previo.
Monto de la Prestación por Desempleo de ANSES en septiembre 2025
El monto de esta prestación social se calcula en base a los ingresos previos del solicitante y los meses trabajados con aportes. ANSES confirmó que el cobro mínimo será corresponde al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), mientras que el monto máximo no superará el 100% del SMVM.
Desde este mes, los valores mínimos y máximos de la prestación se establecieron de la siguiente manera:
- Monto mínimo: 50% del SMVM, es decir, $161.100.
- Monto máximo: 100% del SMVM, es decir, $322.200.
El cobro, por su parte, se realiza a través de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social. Esta cuenta es gestionada directamente por ANSES en una entidad bancaria, lo que permite al beneficiario acceder a su dinero de manera segura y sin costos adicionales.
En un primer momento, el beneficiario puede retirar el monto asignado por ventanilla en la sucursal indicada. Luego, el banco le entregará una tarjeta de débito, con la cual podrá operar en cajeros automáticos, realizar compras y utilizar los servicios digitales de la entidad.
Cuándo cobro la Prestación por Desempleo
- DNI terminados en 0 y 1: viernes 19 de septiembre
- DNI terminados en 2 y 3: lunes 22 de septiembre
- DNI terminados en 4 y 5: martes 23 de septiembre
- DNI terminados en 6 y 7: miércoles 24 de septiembre
- DNI terminados en 8 y 9: jueves 25 de septiembre
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