La recategorización del monotributo es un trámite obligatorio para quienes, en los últimos 12 meses, hayan superado los límites de su categoría o modificado alguno de los parámetros del régimen simplificado.
ARCA advirtió que en poco tiempo los monotributistas deberán hacer un trámite obligatorio para no tener problemas
Desde el organismo señalaron que se acerca una nueva fecha de este proceso y enfatizaron sobre la importancia de esta gestión.
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Los topes de las categorías del monotributo seguirán vigentes hasta su próxima actualización, en febrero del 2026.
La Administración aclaró que no deben efectuar este trámite los contribuyentes que aún no hayan cumplido seis meses desde su inscripción. Además, explicó que quienes omitan realizar este proceso pueden enfrentar multas superiores al 50% del impuesto integrado correspondiente a la categoría real.
Cuándo es y cómo se hace la recategorización del monotributo
ARCA estableció para 2026 dos períodos fijos de recategorización.
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El primero será entre los últimos días de enero y los primeros de febrero
El segundo se llevará a cabo durante el mes de agosto
En cualquiera de estas instancias, los contribuyentes deberán revisar los topes vigentes y analizar si su actividad se mantiene dentro de la categoría actual o si corresponde un cambio.
El trámite se realiza de manera exclusivamente online desde el portal del Monotributo.
Para completarlo, el contribuyente debe:
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Ingresar con CUIT y clave fiscal
Seleccionar la opción “Recategorizarme”
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Verificar los datos registrados
Actualizar los parámetros exigidos (ingresos brutos, superficie, energía consumida y alquileres)
Una vez confirmada la operación el sistema emite el comprobante F.184 y la nueva credencial de pago
Escalas vigentes del monotributo
Las categorías fueron ajustadas según el Índice de Precios al Consumidor y determinan los límites anuales de facturación:
- A: $ 8.992.597,87
- B: $ 13.175.201,52
- C: $ 18.473.166,15
- D: $ 22.934.610,05
- E: $ 26.977.793,60
- F: $ 33.809.379,57
- G: $ 40.431.835,35
- H: $ 61.344.853,64
- I: $ 68.664.410,05
- J: $ 78.632.948,76
- K: $ 94.805.682,90
Las cuotas incluyen impuesto integrado, obra social y aporte previsional::
- A: $ 37.085,74
- B: $ 42.216,41
- C: $ 49.435,58 (servicios) / $ 48.320,22 (comercio)
- D: $ 63.357,80 (servicios) / $ 61.824,18 (comercio)
- E: $ 89.714,31 (servicios) / $ 81.070,26 (comercio)
- F: $ 112.906,59 (servicios) / $ 97.291,54 (comercio)
- G: $ 172.457,38 (servicios) / $ 118.920,05 (comercio)
- H: $ 391.400,62 (servicios) / $ 238.038,48 (comercio)
- I: $ 721.650,46 (servicios) / $ 355.672,64 (comercio)
- J: $ 874.069,29 (servicios) / $ 434.895,92 (comercio)
- K: $ 1.208.890,60 (servicios) / $ 525.732,01 (comercio)
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