22 de enero 2021 - 07:31

IFE y ATP: ¿Qué datos requiere ANSES si vuelven las asistencias?

Estas ayudas económicas enfocadas en apoyar a las familias y las empresas que sufrieron las consecuencias de la pandemia equivalieron a un 3,5% del PIB.

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El Gobierno baraja opciones en el marco de la pandemia para poner al máximo los motores de la economía. En medio de reuniones y trascendidos surgió la posibilidad de que resurgieran dos planes: el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

De momento en el Gobierno descartan el regreso de esas medidas que estuvieron vigentes hasta noviembre. En el caso del IFE, una ayuda de $10.000, fue eliminado aunque se analizó la posibilidad de reemplazarlo por otro tipo de ayuda. El ATP, en cambio, fue sustituido por el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II).

Estas ayudas económicas enfocadas en apoyar a las familias y las empresas que sufrieron las consecuencias de la pandemia equivalieron, con datos de octubre de 2020, a un 3,5% del PIB, según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC). El IFE, por ejemplo, llegó a alcanzar a 9 millones de personas.

El programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) alcanzó a 306 mil empresas y 2,9 millones de trabajadores entre abril y diciembre último. Más del 99% de las empresas asistidas fueron pymes, que percibieron, al menos una vez, los beneficios de este programa.

En caso de que esos planes regresen hay que tener presente ciertas cuestiones, como tener actualizados los datos personales y familiares en la base de datos de ANSES.

Para hacerlo se debe ingresar a Mi ANSES para confirmar que la información está actualizada, si no es así, mediante la aplicación o llamando al 130, se pueden modificar los datos de domicilio y contacto (teléfono y correo electrónico)

Por su parte, si se desea cambiar el estatus de las relaciones familiares (hijos o pareja) o los datos de identidad, se debe acceder a Atención Virtual y cargar allí los documentos correspondientes. Si no se presentan los documentos originales estos deben estar certificados por una autoridad competente: funcionarios del Registro Civil, Autoridad Consular, Autoridad Judicial, Escribano Público, directores o Administradores de Geriátricos y Hospitales donde el titular de la prestación se encuentre internado, o agentes de ANSES.

Es importante recordar que quienes cobren una Pensión no contributiva por Invalidez deberán sacar turno para realizar este trámite.

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