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30 de junio 2026 - 09:02

Cannabis medicinal: crean un régimen especial para otorgar licencias de producción de semillas y plantines

La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) aprobó un nuevo procedimiento para la emisión de licencias vinculadas a órganos de propagación de Cannabis sativa L. con fines medicinales. Además, fijó un arancel único de $250.000 para tramitar el permiso.

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La resolución también establece un régimen arancelario para acceder al permiso. La tramitación de la licencia tendrá un costo único de $250.000.

El Gobierno oficializó un nuevo régimen para el otorgamiento de licencias destinadas a actividades vinculadas con la producción de semillas, plantines y esquejes de Cannabis sativa L. con fines medicinales. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial a través de una resolución de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), organismo que depende del Ministerio de Economía.

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La normativa aprueba un procedimiento especial de adecuación para quienes soliciten licencias relacionadas con los denominados "órganos de propagación" de la especie, es decir, semillas, plantines y esquejes destinados a la reproducción, multiplicación o propagación del cannabis con fines medicinales.

Según el nuevo régimen, podrán solicitar la licencia tanto personas humanas como jurídicas mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD) o el sistema que la reemplace en el futuro. La licencia será emitida por la ARICCAME y se enmarca en las competencias que le otorga la ley 27.669, que regula el desarrollo de la industria del cáñamo y del cannabis medicinal.

cannabis medicinal

Según el nuevo régimen, podrán solicitar la licencia tanto personas humanas como jurídicas mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

La resolución también establece un régimen arancelario para acceder al permiso. La tramitación de la licencia tendrá un costo único de $250.000, monto que deberá abonarse al momento de presentar la solicitud y cuya acreditación será un requisito para que el trámite sea admitido. Además, ese mismo importe será el que deberán pagar anualmente quienes mantengan vigente la licencia.

La norma aclara que el arancel no será reintegrable en caso de desistimiento, rechazo, renuncia o archivo del expediente por causas no atribuibles a la ARICCAME.

Al mismo tiempo, el Gobierno dispuso que los organismos públicos nacionales y las universidades públicas nacionales estarán exentos del pago del arancel cuando actúen como solicitantes o titulares de estas licencias. La exención también alcanzará a sus facultades, institutos, estaciones experimentales y demás dependencias.

Por último, la resolución faculta a la ARICCAME a actualizar el valor del arancel mediante un acto administrativo fundado. Para ello podrá considerar la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), además de los costos administrativos, de fiscalización y de control previstos para el funcionamiento del régimen.

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