La llegada de un hijo activa una serie de gestiones para las trabajadoras de casas particulares registradas. El procedimiento sirve tanto para dejar asentado ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) cual es el período en el que no prestarán tareas, como para acceder al pago que reemplaza el sueldo durante esos meses.
Cómo tramitar la licencia por maternidad para empleadas domésticas en ARCA y ANSES
El proceso exige una carga laboral y una solicitud previsional para poder mantener los ingresos durante el período de ausencia.
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El beneficio busca acompañar a las trabajadoras durante el período de reposo.
El primer paso es comunicar formalmente el embarazo al empleador a través de un certificado médico donde figure la fecha probable de parto. Desde ese momento comienza la protección prevista por la Ley 26.844 y cada parte debe completar una gestión diferente.
Requisitos para solicitar la Asignación por Maternidad
Durante el tiempo de reposo, la trabajadora puede acceder a la Asignación por Maternidad, una prestación que cubre los 90 días y equivale a la remuneración correspondiente a ese lapso. Para solicitarla, debe cumplir con dos condiciones principales:
- haber alcanzado al menos las 12 semanas de gestación
- tener una antigüedad mínima de tres meses en el empleo al momento de empezar la licencia
También es importante que la relación laboral esté correctamente registrada y activa. Antes de iniciar la gestión, conviene revisar que los datos personales, familiares y bancarios estén actualizados. Si la trabajadora tiene más de un empleador, tendrá que acreditar cada uno de esos vínculos.
Paso a paso para el empleador: cómo registrar la licencia en el portal de ARCA
La responsabilidad del empleador consiste en declarar el período de ausencia dentro de la relación laboral. Para hacerlo tiene que:
- ir al portal con CUIT o CUIL y clave fiscal
- abrir el servicio “Personal de Casas Particulares”
- elegir la relación laboral correspondiente
- buscar la opción “Cargar licencias”
- seleccionar la correspondiente por nacimiento
- ingresar las fechas informadas por la trabajadora
- revisar que los datos sean correctos
- confirmar la carga
Esta gestión únicamente deja registrado el período dentro del vínculo laboral. No genera automáticamente el pago de la prestación, por lo que la trabajadora todavía tiene que completar su solicitud por separado.
Cómo presentar el Formulario PS 2.75 ante ANSES
Para acceder al pago, el personal de casas particulares debe completar la Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico, formulario PS 2.75. Según la información disponible, se deben completar los rubros 1, 2, 3, 4, 5 y 6. Además, pueden pedir documentación adicional, entre ella:
- constancia de alta de la relación laboral
- formulario F.102/RT o recibo de sueldo
- documentación de cada vínculo, si tiene varios empleadores
- certificado médico con la fecha probable de parto
La presentación puede llevarse a cabo de manera virtual o presencial con turno, según los canales habilitados. Por eso, es importante no confundir ambas gestiones y entender que la carga del empleador sirve para declarar el período de ausencia, mientras que la presentación del formulario es la que permite pedir el cobro de la asignación.
¿Cuánto dura la licencia y cómo se distribuyen los 90 días?
El período establecido para el personal de casas particulares es de 90 días corridos. La distribución habitual contempla 45 días antes de la fecha probable de parto y otros 45 después del nacimiento. De todas formas, la trabajadora puede decidir reducir la etapa previa.
En ese caso, el período anterior no puede ser inferior a 30 días. Los días que no se utilicen antes se pasan al descanso posterior. Por ejemplo, si una trabajadora opta por tomarse 30 días antes del nacimiento, tendrá disponibles los 60 días restantes después del parto.
También existe una previsión para los nacimientos prematuros, si el bebé nace antes de la fecha estimada, los días que no llegaron a usarse previamente se acumulan al período posterior hasta completar los 90 días establecidos. Durante todo ese tiempo, la trabajadora conserva su puesto y, si reúne las condiciones exigidas, puede cobrar la prestación correspondiente.
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