6 de enero 2009 - 00:00

Condenan a una empresa de trenes a pagar casi $ 500 mil por un accidente

La Cámara Civil condenó a Transportes Metropolitanos General San Martín a indemnizar con casi medio millón de pesos a un hombre por las lesiones que sufrió al caer del vagón del tren cuando inició su marcha y cuando tenía sus puertas abiertas.

La Sala L del Tribunal ordenó indemnizar con 476 mil pesos al demandante puesto que "quedó acreditado que el tren arrancó en circunstancias en que sus puertas se encontraban abiertas, lo que permitió que el actor cayera del mismo cuando éste se encontraba en movimiento, incumpliendo de esta forma con la obligación de seguridad a su cargo".

El suceso ocurrió el 2 de junio de 2001, en la estación férrea "Muñiz", en circunstancias en que luego de abordar el tren, y encontrándose en el descanso del vehículo, intentó trasladarse hacia el interior cuando repentinamente el convoy inició su marcha con las puertas abiertas.

Así se produjeron movimientos bruscos que hicieron que el hombre perdiera el equilibrio y cayera del tren dañándose.

"La obligación de seguridad del transportador puede caracterizarse como una prestación inherente a su celebración que comprende aquellos cuidados, prevenciones y también la disposición de todos los medios materiales y humanos idóneos que resulten necesarios para cumplir con su doble finalidad de transporte y cuidado del pasajero", consideraron los jueces Marcela Pérez Pardo, Hilario Rebaudi Basavilbaso y Víctor Liberman.

"En todo contrato de transporte se encuentra implícita la obligación del empresario de llevar a salvo al viajero hasta el destino convenido", agregaron al confirmar la demanda de primera instancia y condenar a la empresa de trenes.

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