El Gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó la Ley 15.534, sancionada por la Legislatura bonaerense el 18 de septiembre, que tiene por objeto promover el uso seguro y responsable de pantallas y concientizar sobre los riesgos y efectos nocivos de la exposición en las infancias. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial del distrito.
La norma, impulsada por el senador Emmanuel Santalla (kirchnerismo) y la senadora Lorena Mandagarán (GEN), establece además la regulación del uso de pantallas por parte de alumnos y alumnas del nivel primario en establecimientos educativos públicos y privados de la provincia.
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La nueva ley establece que los estudiantes solo podrán usar dispositivos electrónicos con fines pedagógicos y bajo supervisión docente.
Uso pedagógico y control docente de los dispositivos electrónicos
Según el texto, los estudiantes deberán utilizar dispositivos electrónicos solo con fines pedagógicos, y su uso durante la jornada escolar estará permitido únicamente por requerimiento o autorización expresa del docente.
El Poder Ejecutivo provincial designará una Autoridad de Aplicación encargada de difundir campañas de concientización en medios y plataformas oficiales, elaborar material informativo sobre los efectos negativos de la exposición temprana a pantallas y colocar cartelería y folletería en centros de salud, escuelas y espacios comunitarios.
La ley deberá ser reglamentada en un plazo de 180 días y convoca a los municipios a sumarse con campañas locales sobre el uso saludable de tecnologías en la infancia.
Qué se entiende por “pantallas” según la ley
El texto legal aclara que el término “pantallas” comprende todo dispositivo electrónico que permita visualizar información e interactuar mediante la recepción, procesamiento, almacenamiento, transporte o transformación de datos, sonidos e imágenes.
Esto incluye desde celulares y tablets hasta computadoras, consolas o televisores inteligentes.
Qué significa el uso responsable de pantallas en las aulas
La norma define que el uso responsable consiste en no utilizar dispositivos digitales durante la jornada educativa, salvo que haya un requerimiento o autorización explícita del docente.
De esta manera, la ley busca reducir la exposición temprana y fomentar hábitos tecnológicos saludables en el ámbito escolar.
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El texto legal considera “pantallas” a todo dispositivo electrónico que permita visualizar información o interactuar digitalmente.
Funciones de la Autoridad de Aplicación
La Autoridad de Aplicación (que será designada por el Poder Ejecutivo provincial) tendrá entre sus principales responsabilidades:
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Realizar campañas de difusión y concientización sobre el uso de pantallas, tanto en medios digitales oficiales como en medios escritos y audiovisuales.
Elaborar cartelería y folletería con información sobre los riesgos de la exposición prolongada a pantallas en niños y niñas de hasta 12 años, incluyendo los impactos en la salud física, mental, el desarrollo cognitivo y actitudinal.
Distribuir ese material en centros de salud, guardias pediátricas, maternidades, vacunatorios, instituciones educativas, clubes de barrio, centros culturales y puntos de venta de artículos electrónicos.
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