Tras semanas de dudas y versiones cruzadas, el Gobierno terminó de definir cuál será el último feriado del 2025, una aclaración esperada por trabajadores, comercios y servicios esenciales.
El gobierno confirmó finalmente cuál es el último feriado del año y generó mucha sorpresa
El Ejecutivo difundió el calendario actualizado y aclaró qué días tendrán descanso obligatorio antes del cierre anual.
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Cuándo es el último asueto del 2025.
La confirmación generó sorpresa, porque muchos esperaban algún movimiento de calendario, especialmente frente a la cercanía de las fiestas y la presión de algunos sectores para sumar un feriado puente. Sin embargo, la decisión oficial se ajustó estrictamente al esquema previsto en el cronograma nacional.
25 de diciembre, feriado por Navidad
El 25 de diciembre figura en el calendario oficial como feriado inamovible en todo el país. Esto significa descanso obligatorio en la administración pública y un régimen específico para el sector privado.
Para quienes trabajan ese día, la legislación laboral indica que deben cobrar el doble de la jornada habitual, algo que suele ser relevante para actividades como gastronomía, transporte, salud, hotelería o comercio esencial. Este esquema se mantiene sin cambios y forma parte de los feriados fijos del año.
Según el listado difundido por el Ministerio del Interior, este será el último feriado nacional del 2025, sin agregados ni modificaciones de último momento. La decisión sorprendió porque había circulado la posibilidad de sumar un feriado turístico previo al cierre del año, iniciativa que finalmente no prosperó.
¿Qué pasa con el 24 y 31 de diciembre?
El 24 y el 31 de diciembre no son feriados. Tampoco figuran como días no laborables. Son jornadas laborales comunes. Muchas empresas suelen otorgar francos especiales, permisos de salida anticipada o incluso licencias informales, pero eso queda enteramente a criterio del empleador. No existe una obligación legal para suspender actividades.
Para quienes deban trabajar en horarios extendidos —por ejemplo, personal de supermercados, atención al público o servicios de guardia— el pago es el de un día normal, salvo que se pacte un plus interno. La única excepción aparece cuando la empresa decide cerrar antes: en ese caso se abona la jornada completa aunque se haya trabajado menos horas, algo ya habitual en varios rubros.







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