El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) va a ajustar desde octubre el ingreso máximo que tienen que acreditar sus afiliados para pedir medicamentos con cobertura del 100% a través del subsidio por razones sociales. El límite general va a pasar de $642.949,80 en septiembre a $653.622,77 por mes.
Empieza octubre y siguen vigentes los medicamentos gratis de PAMI: todo lo que tenés que saber
La obra social de jubilados cambia el límite económico para solicitar remedios sin costo. Hay un monto especial para hogares con discapacidad.
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Quienes quedan afuera por el monto pueden pedir reconsideración si el gasto en remedios equivale al 15% o más del haber.
El cambio sigue a la suba de las jubilaciones: el haber mínimo de octubre quedó en $435.748,51 y el tope equivale a una vez y media ese monto. En los hogares donde vive un afiliado, o alguien de su grupo conviviente, con Certificado Único de Discapacidad (CUD), el máximo se duplica y llega a $1.307.245,53, contra $1.285.899,60 de septiembre.
Cumplir con el monto no garantiza el beneficio. A diferencia de otros años, PAMI ya no aplica gratuidad para todos los remedios ambulatorios: el acceso sin cargo depende del tratamiento, la patología y la situación socioeconómica de cada afiliado. Por eso conviene revisar todas las condiciones antes de iniciar el trámite.
Los requisitos de PAMI para acceder a medicamentos gratis
El primer filtro es el de los ingresos: el afiliado tiene que cobrar menos de 1,5 haberes mínimos previsionales, y el techo sube a tres haberes si en el hogar hay una persona con CUD. Ese cálculo se hace sobre lo que ingresa por mes el afiliado y su grupo conviviente. Como referencia, el haber mínimo de septiembre que fijó la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) fue de $428.633,20, y de ahí surge el tope que rige hasta fin de mes.
En números, un afiliado con ingresos de $650.000 por mes entra dentro del límite general, mientras que uno con $660.000 queda afuera. Después vienen las condiciones patrimoniales: no estar afiliado a una prepaga y no ser dueño de más de un inmueble.
Tampoco se pueden tener aeronaves ni embarcaciones de lujo, ni activos societarios que muestren una capacidad económica plena. Con los autos hay un límite de antigüedad: no se puede tener uno de menos de diez años, aunque los hogares con CUD quedan exceptuados de esa regla.
Hay dos salvedades. Los veteranos de la Guerra del Atlántico Sur están exceptuados de estos requisitos, aunque tienen que hacer igual la solicitud. Quienes no cumplen con el ingreso o con la cobertura médica pueden pedir una reconsideración si lo que gastan en medicamentos equivale como mínimo al 15% de su ingreso previsional mensual.
¿Qué medicamentos de PAMI tienen 100% de cobertura?
El Programa de Medicamentos de PAMI sostiene los tratamientos de más de cinco millones de afiliados en todo el país. Hay que distinguir dos vías. Por un lado, PAMI mantiene cobertura total automática para ciertos tratamientos. Por el otro, el subsidio por razones sociales es para afiliados que no pueden pagar sus medicamentos ambulatorios ni con el descuento habitual. Los tratamientos y medicamentos con cobertura del 100% son:
- diabetes: insulina, hipoglucemiantes y tiras reactivas
- medicamentos oncológicos
- medicamentos oncohematológicos
- tratamiento de la hemofilia
- tratamientos para el VIH y las hepatitis B y C
- medicamentos para trasplantes
- fármacos para trastornos hematopoyéticos
- medicamentos para la artritis reumatoidea
- medicamentos para enfermedades fibroquísticas
El vademécum de PAMI reúne miles de medicamentos con distintos porcentajes de cobertura. Para el resto de los remedios hay descuentos que van del 40% al 80%, según el tipo de medicamento. Los de uso eventual, que son los que se aplican de forma local o durante un tiempo acotado, tienen una bonificación del 40%. Para quienes no llegan a pagar ni con esos descuentos, está disponible la vía del subsidio social.
Cómo solicitar los medicamentos gratis
El trámite se puede hacer de forma online, desde la página oficial de PAMI, o de manera presencial en una agencia. Hay que tener a mano el DNI, la credencial de afiliación y la receta electrónica con los medicamentos que se piden. La documentación puede incluir además el último recibo de cobro y una declaración jurada.
La receta tiene que salir del médico de cabecera o de un especialista habilitado, con el diagnóstico que fundamenta el tratamiento, ya sea escrito en detalle o mediante el código CIE-10. Puede tramitarla el propio afiliado, un apoderado o un familiar. La vía depende de cuántos medicamentos se necesiten.
Con hasta cuatro, el pedido se resuelve directo por la web. Si son más de cuatro, hay que sumar un formulario firmado y sellado por el médico tratante. Cuando se piden cinco o seis interviene la Unidad de Gestión Local (UGL) y, si son más de seis, la evaluación pasa al Nivel Central. Una vez autorizada la cobertura, los medicamentos se retiran en la farmacia con la documentación correspondiente. Las prescripciones se pueden revisar desde la aplicación Mi PAMI y usar en las farmacias de la red.
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