31 de julio 2006 - 00:00
En Rosario capacitarán a los jóvenes que trabajan haciendo "delivery"
-
Día de la Tierra: por qué se celebra el 22 de abril y cuál es el lema 2026
-
Misiones: yerbateros realizaron cortes de ruta en reclamo de mejoras en los precios
Si bien entre los cadetes hubo protestas justamente por esa prohibición, desde la Cámara de Cadeterías, que agrupa a 150 empresas del rubro, Roberto Masarelli tildó a la iniciativa como "excelente".
"Estábamos esperando que se reglamentara esta actividad; ahora esto se va a tomar en serio, no va a trabajar cualquiera ni de manera informal", destacó.
Los artículos de la ordenanza detallan, entre otras obligaciones, que los rodados de los delivery deberán estar destinados "exclusivamente" a la actividad de transporte de alimentos o mensajería y poseer "receptáculo de carga".
Además, la nueva normativa indica que los comercios o empresas que se dediquen a la distribución por delivery deberán estar habilitados en su rubro por el municipio y que tanto el rodado como el empleado tendrán que contar con toda la documentación que exige el área de Tránsito (licencia de conductor y no poseer antecedentes sobre transgresiones graves a las normas de tránsito, entre otros).
La nueva reglamentación exige a los empleadores que provean a los conductores de la indumentaria y accesorios necesarios para salir a la calle: cascos reglamentarios, ropa con distintivos del comercio, fluorescente y adecuada para los días de lluvia. Y en caso de repartir alimentos, la indumentaria será "clara, (deberá) mantenerse limpia y pulcra, y sus distribuidores deberán contar con una libreta sanitaria que se actualizará cada seis meses".




Dejá tu comentario