Juicio por Fernando Báez Sosa: cuáles son las posibles condenas para los rugbiers

A tres años del asesinato del joven de 19 años en la puerta del boliche Le Brique, el juicio entra en la última instancia. Para fin de enero se conocerán las sentencias de cada uno de los imputados.

rugbiers

Se cumplen tres años del asesinato de Fernando Báez Sosa en frente del boliche Le Brique, en Villa Gesell, a mano de ocho rugbiers oriundos de la localidad de Zárate, quienes se encuentran imputados por “homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”. El juicio transitará su última jornada de pruebas y los detenidos se enfrentan a la posibilidad de distintas penas.

Los implicados en el crimen, Máximo Pablo Thomsen; Ciro Pertossi; Enzo Comelli; Matías Franco Benicelli; Blas Cinalli; Ayrton Michael Viollaz; Lucas Fidel Pertossi y Luciano Pertossi, esperan el anuncio de su condena con la posibilidad de una perpetua.

En cada situación particular, las penas que determinarán el futuro de cada rugbier dependerá de su implicancia con el crimen y rol de cada uno en el asesinato de Fernando Báez Sosa. Se estima que el veredicto final por el crimen se conozca el 31 de enero.

El delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”, por el cual se imputó a los ocho acusados, prevé una condena de prisión perpetua.

Juicio Fernando Baez Sosa.jpeg

Crimen de Fernando Báez Sosa: cuáles son las posibles penas

En el caso de determinarse que todos tuvieron intención homicida, podría llegar a calificarse como:

  • a) Homicidio simple

- 8 a 25 años.

- Art. 79, Código Penal.

- Clave de esta calificación: querían matar y mataron.

  • b) Homicidio agravado por alevosía

- Condena perpetua.

- Art. 80, inc. 2, Código Penal.

- Clave de este agravante: la indefensión de la víctima, es decir, fue golpeada por la espalda y los autores actuaron sin riesgo.

  • c) Homicidio agravado por premeditación

- Condena perpetua.

- Art. 80, inc. 6, Código Penal.

- Clave de este agravante: la premeditación, es decir, se pusieron de acuerdo entre todos en que iban a matar en ese momento y de ese modo (Ej.: 5 atacando y 3 de vallado).

En el caso de determinarse que no tuvieron intención homicida, podría llegar a calificarse como:

  • a) Homicidio en riña o agresión

- 2 a 6 años de prisión

- Art. 95, Código Penal.

- Clave de esta calificación: violencia o agresión física (de varios) sobre la víctima, pero no se sabe quién de ellos lo mató. No se pusieron de acuerdo para matar. No hubo premeditación.

  • b) Homicidio preterintencional

- 1 a 3 de prisión

- Art. 81, inc. 1, b

- Clave de esta calificación: la intención del autor fue golpear para producir un daño, pero no para matar.

Dejá tu comentario

Te puede interesar