Ganancias: hasta cuándo se pueden cargar las deducciones de 2021

La Administración Federal de Ingresos Públicos extendió la fecha que originalmente operaba el 31 de marzo. Así da más tiempo para facilitar las tareas de cumplimiento.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 13 de abril el plazo para que los contribuyentes ingresen sus deducciones del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2021. El organismo -a cargo de Mercedes Marcó del Pont- da más tiempo para facilitar las tareas de cumplimiento, ya que el vencimiento original operaba el 31 de marzo.

https://twitter.com/AFIPcomunica/status/1506007105706287108

Los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) mediante la presentación del Formulario web F572. Para utilizar el servicio online, los contribuyentes deben utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.

Al ingresar al servicio, pueden informar las deducciones anuales en el Impuesto a las Ganancias así como también las percepciones que se le hubiesen practicado durante el período e ingresos adicionales, en caso de pluriempleo.

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Cómo ingresar las deducciones

Las deducciones se ingresan a través de la web del organismo mediante el sistema SIRADIG - Trabajador. Allí deberán consignarse los datos personales y del empleador. Cumplidos esos pasos, deberán cargarse las distintas deducciones y desgravaciones en el formulario web que, al finalizar, será enviado al empleador. El trámite es digital y se realiza totalmente en línea.

AFIP

Qué conceptos se pueden deducir del Impuesto a las Ganancias

Los contribuyentes pueden deducir las cargas de familia (hijo, cónyuge o conviviente), la remuneración del personal de casas particulares, hasta el 40% del monto de alquileres registrados ante AFIP, cuotas médico asistenciales complementarios a la obra social, intereses por préstamos hipotecarios vinculados a la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, donaciones realizadas a diferentes instituciones, los importes abonados en concepto de primas de seguro y gastos de sepelio, entre otros.

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