ANSES: cuándo cobran el aguinaldo 2021 los jubilados

En junio, los jubilados recibirán el primer pago del Sueldo Anual Complementario (SAC) por parte del Gobierno Nacional.

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La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) se encargará de realizar el pago equivalente al 50% del mayor ingreso mensual, para los jubilados beneficiarios del sistema previsional a cargo de Fernanda Raverta.

La acreditación de los haberes previsionales, los cuales vienen con un aumento del 12,12% en total, está organizada en un esquema trimestral que incluye desde jubilados y pensionados hasta beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AxE). De esta manera, ANSES continuará con el calendario de junio.

Respecto a la pensión no contributiva, el cronograma de pago comenzó el pasado 10 de junio, por invalidez, vejez o madre de siete hijos.

El cobro se podrá hacer en las sucursales bancarias habilitadas, que atenderán por ventanilla y sin turno previo, en las fechas asignadas. En caso contrario, los haberes permanecerán en las respectivas cuentas.

Cuándo cobran el aguinaldo los jubilados

A los jubilados les corresponde cobrar la primera cuota del aguinaldo el miércoles 30 de junio, con un período de gracia de cuatro días hábiles(hasta el martes 6 de julio).

De esta forma, los beneficiarios del haber mínimo jubilatorio ($23.064), recibirán un extra de $11.532 a fin de mes como parte del aguinaldo. El porcentaje asignado representa el 50 % de la mejor remuneración recibida en el primer semestre del año, tomando en este caso el período enero-junio y considerando así el nuevo aumento del 12,12%.

Cuándo se paga el aguinaldo

Según lo dispuesto por la Ley 27.073, la primera cuota se paga en la última jornada laboral del mes de junio y la segunda cuota en la última jornada laboral de diciembre.

Cómo se calcula el aguinaldo

Para calcularlo se debe dividir el mejor salario del semestre por 12 y luego multiplicarlo por los meses trabajados hasta la fecha. En el caso de que se haya trabajado todo semestre, se tendría que multiplicar por seis.

Si durante el semestre de enero a junio, una persona no trabajó todos los meses (ya sea porque comenzó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) se deberá cobrar el proporcional a los meses trabajados.

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