15 de septiembre 2021 - 10:38

Nuevo revés para juez de casación denunciado por mensajes ofensivos a colegas mujeres

El camarista Gemignani buscaba detener una investigación en su contra por su conducta contra colegas mujeres.

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La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo del amparo interpuesto por el juez de Casación Penal Juan Carlos Gemignani contra el Consejo de la Magistratura para bloquear un procedimiento en su contra abierto tras presuntas expresiones misóginas y mensajes ofensivos hacia colegas mujeres.

Gemignani, denunciado por mal desempeño por los chats machistas contra dos de sus colegas en la Cámara de Casación Penal, había interpuesto un amparo contra el Consejo de la Magistratura.

El camarista fue contra la resolución del 21/04/2021 de la Comisión de Disciplina que pidió una serie de medidas de prueba en las tres denuncias acumuladas en su contra por el envío de mensajes machistas y misóginos al grupo de WhatsApp que integran sus pares Ángela Ledesma y Ana María Figueroa.

En primera instancia, se llegó a la conclusión de que la Comisión no vulneró derechos constitucionales de Gemignani al ordenar las medidas de prueba, entre ellas una encuesta anónima entre empleados.

El juez Martín Cormick sostuvo, citando jurisprudencia de la Corte Interamericana, que los funcionarios públicos entre ellos los magistrados están más expuestos al escrutinio y crítica del pueblo de tal modo que sus acciones salen de la esfera privada y se insertan en la esfera pública.

El caso llegó por apelación de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que rechazó el recurso del juez al considerar que el objeto devino inoficioso y abstracto en cuanto a las pruebas cuestionadas ya han sido producidas en el caso.

"Feliz Día para todas! Especialmente para las delincuentes!!! Solo se avanzará en la igualdad cuando se reconozca derechos a las delincuentes y sean penadas. Mientras tanto, seguiremos poniéndolas en evidencia hasta que la igualdad no es solo relato!!”. Este fue el mensaje que envío Gemignani el pasado 8 de marzo y que cuestionaron e hicieron público ambas magistradas.

La Cámara sostuvo que en relación con la prueba relativa a la conversación del grupo de "WhatsApp2 "cabe dejar sentado que, además, de resultar inoficioso pronunciarse sobre la producción de una prueba ya producida y que el resguardo de la información aparece asegurado a través de las medidas adoptadas por la Comisión, se impone -por último- advertir que el planteo sobre la alegada afectación de la garantía de inviolabilidad de correspondencia, resulta de carácter prematuro y no puede ser materia de conocimiento de este Tribunal”.

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