3 de julio 2013 - 22:18

Ordenan restituir hijas a padre que vive en Italia

La Corte Suprema de la Nación confirmó el fallo que ordenó la restitución de tres niñas a Italia, donde vive su padre, tras considerar que, si bien salieron de ese país con su permiso fueron retenidas de manera ilícita por la madre en la Argentina.

Ante lo que una defensora oficial calificó como "situación intolerable", refiriéndose a la eventual convivencia de las niñas con el padre, la Corte dispuso que las autoridades argentinas coordinen con las de Italia la forma de brindar protección y asistencia jurídica, financiera y social a las menores.

Los hechos que originaron la causa comenzaron a registrarse en Setiembre de 2008 cuando L.M.R, con el argumento de visitar a un familiar enfermo y el permiso de su cónyuge, D.S., salió de Italia con las tres hijas de ambos.

El matrimonio vivía con las menores C.S.R., M.F.S.R. y V.S.R. en Corigliano Calabró, en la provincia calabresa de Cosenza, donde nacieron las tres hijas, pero, según constancias de la causa, luego del viaje la mujer formó nueva pareja en la Argentina.

La Corte recordó que la autorización paterna se extendía hasta el 21 de septiembre de 2008, por lo que la permanencia de las niñas en la Argentina luego de esa fecha constituyó una retención "ilícita" por parte de la madre.

El máximo tribunal evaluó, además, que la situación de las hijas de R. y S. no encuadra en ninguna de las excepciones que, para evitar la restitución, prevé el Convenio de la Haya de 1980, sobre "Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores".

La Corte analizó que, aunque las menores expresaron que no querían volver a Calabria para quedar "bajo el cuidado de su padre", las menores no manifestaron oposición al regreso a ese lugar y que la madre no pudo probar que su cónyuge tuviera "comportamientos inadecuados y violentos".

La Corte decidió, además, hacer saber a las autoridades argentinas que, "por medio de los mecanismos idóneos que se encuentren a su disposición", actúen de manera coordinada con las de Italia en función preventiva y brindar asistencia jurídica, financiera y social" a las niñas.

El máximo tribunal dispuso notificar a las autoridades correspondientes de Italia para remarcar "la necesidad" de establecer un "estricto seguimiento del proceso y de las condiciones sociales, habitacionales y educativas de las menores una vez que se haya realizado el retorno".

La Corte exhortó a los padres a "colaborar en la etapa de ejecución de sentencia a los efectos de evitar a las niñas una experiencia aún más conflictiva" y al tribunal de familia a cargo de la causa a "realizar la restitución de la manera menos lesiva para las menores y en condiciones que minimicen los eventuales riesgos".

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