2 de febrero 2012 - 12:28

Recuerdan que damnificados por temporal pueden solicitar subsidios

Un comerciante de Belgrano, uno de los barrios más afectados por el temporal.
Un comerciante de Belgrano, uno de los barrios más afectados por el temporal.
El gobierno porteño entregará subsidios a las personas damnificados por el temporal que azotó la ciudad de Buenos Aires y provocó daños materiales en distintos barrios, informó la Subsecretaría de Emergencia.

"Se entregarán subsidios a los damnificados que realicen el trámite pertinente a través de los Centros de Gestión y Participación (CGP)", señalaron fuentes del área de Emergencia porteña.

Los daños materiales están vinculados a "vehículos, locales, y hay algunos casos de viviendas particulares", señalaron tras asegurar que "en esta ocasión, los daños son menores que los provocados por el temporal del año pasado".

Para acceder al Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones, debe completarse el formulario "Solicitud de Subsidio ley 1575", dentro de los 20 días hábiles y presentar la solicitud en los Centros de Gestión y Participación Comunal (CGPCs), correspondiente al domicilio del damnificado, en el horario de 9 a 18 hs.

Si el vencimiento fuera en día inhábil, se recibirán las solicitudes hasta el primer día hábil siguiente.

Si en el transcurso del trámite se verifica una condición de morosidad en algunos de los impuestos porteños, el pedido de subsidio no podrá ser tramitado hasta que regularice la deuda.

El formulario debe estar firmado por el titular (original y duplicado) y se deberá presentar la siguiente documentación:

Si ocurrió en un inmueble

1. Original y fotocopia del DNI del solicitante
2. Título original de propiedad y fotocopia
3. De no ser el ocupante, el titular del inmueble, deberá acreditar la ocupación legítima del mismo.- (Contrato de Alquiler, etc.)
4. Certificado expedido por la Dirección General de Rentas
5. Habilitación Municipal en caso de actividades que así la requieran.
6. Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma

Si el daño se produjo a un bien mueble registrable (automotores, etc.)

1. Original y fotocopia del DNI del solicitante
2. Título original del bien afectado y fotocopia
3. Certificado expedido por la Dirección General de Rentas.
4. Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma

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