5 de agosto 2003 - 00:00

La Corte comienza hoy a reexaminar la validez de perdones a los militares

Los jueces de la Corte Suprema de Justicia darán hoy el primer paso formal para comenzar a reexaminar la validez de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final sancionadas por el Congreso en 1987, y que exculparon a militares acusados de perpetrar delitos en la represión clandestina de las guerrillas de lesa humanidad. El propio tribunal, ante presentaciones anteriores, declaró su constitucionalidad.

Con un pedido de extradición en puerta impulsado desde Madrid, por el controvertido juez español Baltasar Garzón; los ministros intentarán fijar el 16 de setiembre (no antes, día de acuerdos), la fecha en la que se dará tratamiento a la legalidad o no de las leyes de perdón. Se cree que ése será el momento en que estará ya completa la composición del Tribunal.

Si la Corte cambia de criterio -algo que es imposible prever hoy-y determina que ambas leyes son inconstitucionales marcaría un precedente muy fuerte y tendría el efecto inmediato de frenar la extradición. Esto porque ya no existiría en el país la dificultad para juzgar a los militares hoy requeridos por el juez español.

A decir, del constitucionalista Daniel Sabsay «el juez debería rechazar la extradición ya que como son hechos que se produjeron en la Argentina, prevalece la competencia del país donde se cometió el delito».

La Corte Suprema no se expedirá sobre las extradiciones en sentido general, sino que lo hará sobre los casos que ventilan la inconstitucionalidad de las leyes de perdón, a fin de poder juzgar aquellos delitos por los cuales se han enterrado acciones contra distintos responsables.

•Anticipo

Si ocurre lo contrario, la administración Kirchner ya adelantó que está dispuesto a otorgar las extradiciones.

Aunque en apariencia sencillo, el trámite que promete ejecutar el Presidente
es muy intrincado jurídicamente, porque la Justicia debe analizar si el delito cometido en Argentina se corresponde con España, si se aplica el principio de la ley penal más benigna o si ha habido el principio de la retroactividad en la ley penal.

Además, rige por imperio el indulto firmado por
Carlos Menem, aunque también es cierto que muchos de los delitos de los que se acusa a militares son inindultables por las mismas convenciones internacionales. Por lo tanto, habrá que tener en cuenta el momento que se aplicó el indulto o cuanto tuvo lugar el delito, es decir, si fue antes o después de que Argentina suscribiera a leyes internacionales

«Acá va a ser importante ver si los delitos de que se tratare son instantáneos o continuados, es decir, hay delitos que se consumen y concluyen al momento en que se producen. Hay otros en cambio como la desaparición forzada de personas o el robo de bebé que continúan consumándose sin solución de continuidad
(hasta que aparezca la persona) que no son amnistiable y por lo tanto esos principios se aplican de otra manera», explicó ayer Sabsay a este diario.

Es decir, que aunque la Corte defina con premura la legalidad o no de las leyes de perdón no habría una resolución inmediata sobre las extradiciones y el tiempo que consumiría, dos años, será casi idéntico al que le llevó a España extraditar de México al ex marino
Ricardo Cavallo. Y esto pese a que Cavallo fue juzgado aquí y desprocesado sin tener necesidad de acudir a las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

Por lo pronto, ayer el juez federal
Rodolfo Canicoba Corral, rechazó el pedido de excarcelación para trece militares, aunque otorgó el arresto domiciliario por ser mayores de 70 años a Luciano Benjamín Menéndez, Antonio Bussi y Jorge Olivera Róvere, todos con pedido de extradición por la Justicia española.

•Excarcelaciones denegadas

En el caso de Bussi, recientemente electo intendente de Tucumán, abandonó su lugar de detención en el edificio Libertador del Ejército, si bien no podrá regresar a esa provincia, y debió alojarse en la casa de su hija, en el Barrio Norte porteño.

Canicoba Corral
denegó «por ahora» todos los pedidos de excarcelación y le dio la razón al fiscal federal Guillermo Marijuán, quien se opuso a otorgar el beneficio por considerarlo «prematuro» e improcedente.

El fiscal dictaminó el rechazo de todas las excarcelaciones ante la
«gravedad de los sucesos», que contemplan penas de cumplimiento efectivo en prisión.

Ayer, también, hubo un anticipo de la dura batalla de competencia entre jueces que devendrá por los pedidos de extradiciones. Un fiscal de Córdoba,
Gustavo Vidal Lascano, consideró que el juicio de extradición de tres militares que figuran en la lista de Garzón debe realizarse en esa provincia.

Los militares involucrados son los generales retirados
Luciano Benjamín Menéndez, Fernando Santiago y José Antonio Vaquero.

Vidal Lascano
consideró que la ley de extradición «es clara», y precisó que si se generó un conflicto entre el juez federal de Córdoba Alejandro Sánchez Freytes y Canicoba Corral por el tratamiento de la causa de extradición, «deberá resolver en este caso la Cámara Federal de Córdoba». Sánchez Freytes estaría dispuesto a solicitarle a Canicoba Corral que se inhiba en entender en la causa de extradición de los tres militares involucrados con residencia en Córdoba.

De prosperar el pedido de apartamiento del juez porteño serán
Sánchez Freytes y el fiscal Vidal Lascano los encargados de llevar adelante el proceso para determinar si los tres militares deben ser extraditados o no.

Dejá tu comentario