El represor argentino Adolfo Scilingo no puede ser juzgado en España por los delitos de terrorismo, genocidio y torturas, según sostuvo ayer la Fiscalía de la Audiencia Nacional Española. Scilingo se encuentra bajo arresto en España desde el 31 de julio de 2001 en una causa que lleva el juez Baltasar Garzón.
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La Fiscalía argumentó ayer que «no procede imponer pena al procesado», ya que la Justicia española no cuenta con competencia para tratar los crímenes de lesa humanidad cometidos en la Argentina durante la última dictadura militar. En el caso de las torturas, la Fiscalía explicó que « de conformidad con nuestra legislación» el delito « sólo es sancionable a partir de la ley de 17 de julio de 1978», y en los autos de procesamiento contra Scilingo no figura «ningún caso de torturas a nacionales españoles con posterioridad a esa fecha».
A lo que se suma que Garzón « exoneró» a Scilingo por ese delito al considerar que no integraba «en forma regular los grupos de tareas u operativos encargados de llevar a cabo los secuestros, interrogatorios y sesiones de torturas».
Según la información publicada por la agencia «EFE», la imputación por genocidio tampoco es correcta, porque «los destinatarios» de las desapariciones y torturas «pertenecían a todos los estratos sociales, participaban de muy variada ideología, abarcaban a distintas etnias y profesaban diversas creencias religiosas».
El concepto de genocidio, según la Fiscalía, corresponde aplicarlo cuando se trata de «actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal».
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