26 de diciembre 2025 - 14:04

Desregulación del vino: con qué reglas se tendrán que manejar las empresas en la próxima vendimia tras el freno parcial que dictó la Justicia

Sobre el filo de Nochebuena, la Justicia Federal de Mendoza aceptó el pedido de amparo que presentaron cuatro entidades de la industria. Hay dos medidas clave que quedaron en suspenso.

La Justicia entendió que el reclamo de los productores de vinos es legítimo. Y dictó una cautelar por cinco meses para decidir sobre la cuestión de fondo. 

La Justicia entendió que el reclamo de los productores de vinos es legítimo. Y dictó una cautelar por cinco meses para decidir sobre la cuestión de fondo. 

Al filo de Nochebuena, un fallo de la Justicia Federal de Mendoza introdujo un freno parcial a la aplicación de la Resolución 37/2025 del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), la norma con la que el Gobierno buscó desregular los procesos en la cadena vitivinícola.

Ante un pedido de amparo presentado por cuatro entidades productoras para evitar que la resolución entre en vigencia el 1 de enero, la Justicia consideró que el reclamo presentado es legítimo, ya que involucra “derechos de incidencia colectiva e intereses individuales homogéneos”

El resultado es un escenario híbrido: a partir del año próximo, la mayor parte del nuevo Digesto Normativo del INV entrará en vigencia, pero dos aspectos considerados centrales por los productores no podrán aplicarse, al menos de manera inmediata, y obligarán a las empresas a manejarse con reglas mixtas durante la próxima vendimia.

La Resolución 37/2025 fue presentada como un punto de inflexión para la industria. Su objetivo declarado fue modernizar el sistema de control vitivinícola, eliminar normas superpuestas o consideradas obsoletas y reducir la carga burocrática para bodegas, productores y elaboradores.

En los hechos, la norma aprobó un nuevo Digesto que concentra y ordena la regulación del sector, derogando un amplio conjunto de resoluciones anteriores y redefiniendo el alcance de la intervención del INV.

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Parte del mundo del vino pide que no se eliminen todas las regulaciones del sector.

Parte del mundo del vino pide que no se eliminen todas las regulaciones del sector.

La apuesta oficial apunta a pasar de un esquema de control exhaustivo sobre procesos y materias primas a uno focalizado en el producto final, apoyado en declaraciones digitales y mecanismos de fiscalización posteriores.

Sin embargo, esa reconfiguración encontró resistencia en un sector clave del entramado vitivinícola, especialmente entre los productores primarios y las entidades que los representan, que vienen protagonizando fuertes polémicas con el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger.

Cuatro organizaciones del vino (Asociación de Cooperativas Vitivinícolas, la Unión Vitivinícola Argentina, la Asociación de Viñateros de Mendoza y la Cámara Riojana de Productores Agropecuarios) acudieron a la Justicia mendocina para frenar la aplicación de algunos artículos de la resolución, argumentando que ciertos cambios introducían riesgos significativos en términos de transparencia, trazabilidad y protección de los derechos económicos de los viñateros.

La presentación derivó en una medida cautelar que, sin resolver aún el fondo de la cuestión, suspendió parcialmente la entrada en vigencia de la norma a partir del 1 de enero de 2026.

El fallo no anuló la Resolución 37/2025 ni bloqueó el nuevo Digesto en su totalidad. Por el contrario, la Justicia delimitó con precisión qué aspectos quedaban alcanzados por la suspensión y cuáles podían seguir su curso.

Los dos ejes clave de la controversia vitivinícola

Los dos puntos que quedaron bajo la lupa judicial y no podrán regir desde el inicio del año son, precisamente, aquellos vinculados con los instrumentos históricos de control de la producción primaria.

El primero es la eliminación de la obligatoriedad del Certificado de Ingreso de Uva, conocido como CIU. Este documento funciona desde hace años como una suerte de “partida de nacimiento” de la uva que ingresa a las bodegas, ya que certifica volúmenes, procedencia y destino de la materia prima.

Para los productores, el CIU no solo cumple una función administrativa, sino que también es una herramienta clave para resguardar contratos, pagos y derechos sobre la producción.

La Resolución 37/2025 preveía dejar sin efecto ese certificado obligatorio, reemplazándolo por otros mecanismos de registración volunarios y más flexibles.

Ese cambio fue uno de los ejes del amparo presentado ante la Justicia. El fallo hizo lugar al planteo y dispuso que la eliminación del CIU quede suspendida.

En términos prácticos, esto significa que durante la vendimia 2026 las bodegas y los productores deberán seguir utilizando el Certificado de Ingreso de Uva tal como se venía haciendo hasta ahora, bajo la normativa anterior, pese a que el nuevo Digesto pretendía avanzar en otra dirección.

El segundo aspecto que no podrá aplicarse desde el 1 de enero está estrechamente ligado al primero. Se trata de las modificaciones introducidas en el régimen de declaraciones juradas de elaboración, en particular el formulario conocido como CEC 05.

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La resolución del INV había previsto cambios en la forma y el alcance de esas declaraciones, con el objetivo de simplificar procedimientos y reducir exigencias formales. La medida cautelar también alcanzó este punto y mantuvo vigente el esquema previo, tanto en lo que respecta a la obligación de presentar la declaración como a su modalidad.

En cambio, todos aquellos artículos internos del Digesto -como definiciones de productos vitivinícolas, requisitos de etiquetado, normas de importación/exportación, sanciones generales, pautas de fiscalización y control, y otros aspectos técnicos o administrativos que no fueron objeto de la cautelar- podrán regir normalmente a partir del 1 de enero.

Cómo se manejará la industria a partir de la próxima vendimia

La medida cautelar dictada por la justicia tiene un impacto directo sobre la operatoria de la próxima vendimia, que comenzará a fines de febrero.

Para las empresas, implica que no habrá un quiebre total con el sistema que conocen desde hace años. Los mecanismos tradicionales de certificación y declaración seguirán siendo obligatorios, al menos hasta que la Justicia se pronuncie sobre el fondo del amparo o venza el plazo de la cautelar que fue fijado en cinco meses.

En un contexto de incertidumbre económica y climática, esta continuidad es vista por muchos actores como un factor de previsibilidad, aunque también supone la convivencia con un esquema regulatorio que el propio INV había decidido dejar atrás.

En la práctica, esto obliga a las empresas a moverse en un terreno mixto. Por un lado, deberán adaptarse a las nuevas reglas del Digesto en todo aquello que no involucre el ingreso de uva y la declaración de elaboración.

Por otro lado, tendrán que seguir cumpliendo con los instrumentos tradicionales que la resolución buscaba eliminar, pero la Justicia dispuso que continúen hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

Desde el INV y el Gobierno nacional, la desregulación sigue siendo defendida como un paso necesario para modernizar la industria y alinearla con estándares internacionales más flexibles.

La idea de fondo es que el control del Estado se concentre en el producto final y en la protección del consumidor, dejando mayor margen de autonomía a los actores de la cadena en las etapas previas.

El fallo judicial no invalida ese enfoque, pero sí marca límites y tiempos, recordando que ciertos cambios estructurales requieren consensos más amplios o transiciones más graduales.

Para los productores que impulsaron el amparo, la decisión judicial representa una señal de alivio en un momento clave.

De todos modos, la decisión de la Justicia sirvió para evitar que se profundice la brecha que separa la postura de algunas entidades del sector. Los que más defienden la iniciativa desreguladora, como Bodegas de Argentina, temían que la discusión por el CIU frenara el paquete completo de medidas.

El presidente de la cámara, Walter Bressia anticipó que “con o sin obligatoriedad” las bodegas que continuarán utilizando el CIU. “Nosotros estábamos de acuerdo con la obligatoriedad, pero esto no nos suma ni nos resta. Lo que no queremos es que el resto de las medidas se frene por esta situación”, concluyó.

Por su parte, desde las entidades que promovieron la acción judicial celebraron el fallo que garantiza la continuidad del CIU y del formulario CEC 05, aunque aclararon que no están en contra de la propuesta de eliminar trabas burocráticas en la actividad.

Según cifras del Ministerio de Desregulación, la industria del vino estuvo regida por más de 1.000 normas dispersas, muchas de ellas obsoletas. Y el Digesto Normativo aprobado por Resolución 37/2025 revisa, actualiza y simplifica toda la normativa existente. De un total de 1.207 normas en materia vitivinícola se derogan 973.

Los inspectores no fiscalizarán más en las bodegas y se verificará únicamente el producto terminado, es decir, en el tramo final de la cadena productiva. Asegura que con esta medida se dejarán de realizar aproximadamente unas 5.000 fiscalizaciones presenciales al año.

También se eliminaron los permisos de tránsito. Para mover sus productos las bodegas generaban más de 140.000 permisos de tránsito por año que debían solicitar al INV, con sus consiguientes demoras y costos.

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