16 de septiembre 2025 - 00:03

Los "nudges" tributarios y los derechos de los contribuyentes en Argentina

Esta forma de inducir el comportamiento puede ser útil para acercar al contribuyente al cumplimiento fiscal, siempre que se apliquen bajo una lógica respetuosa de la autonomía individual y el orden constitucional

Los nudges tributarios deberían utilizarse en beneficio del contribuyente

Los nudges tributarios deberían utilizarse en beneficio del contribuyente

Históricamente las administraciones tributarias han advertido la tendencia de los contribuyentes a eludir o evadir impuestos. A partir de allí, los fiscos se vieron obligados a aplicar medidas preventivas y/o técnicas para inducir el comportamiento de los contribuyentes frente al cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Una de esas técnicas, en esta época de transformación digital de los fiscos, es el uso de los nudges.

Que son los “Nudges”

El término “nudge” tomó trascendencia mundial a partir del libro que en Argentina se editó como "Un pequeño empujón (Nudge). El impulso necesario para tomar mejores decisiones sobre salud, dinero y felicidad" (Traducción por Belén Urrutia, Ed. Taurus, Bs. As., 2018). Sus autores, Richard H. Thaler y Cass R. Sunstein, los definieron como aquellos "empujones" o “incentivos sutiles” que buscan guiar el comportamiento de las personas hacia determinadas decisiones. En otras palabras, los nudges “manipulan” a quienes los utilizan, y los fuerzan (suavemente) a reaccionar de cierta manera.

Uno de las características principales del “nudging” es preservar la libertad de elección e, incluso, mantener la capacidad de autodeterminación personal (1). Esto se basa en el término paternalismo libertario”, de los mismos autores, que es: una forma de diseñar políticas que mantengan la libertad de elegir, pero que “suavemente influyan” en las personas para que tomen decisiones que aumenten su bienestar.

A modo de ejemplo en el ámbito social, un ejemplo clásico fue la implementación de la figura del “donante presunto”, mediante la sanción de la ley “Justina”, a partir de la cual, todos los habitantes de nuestro país pasamos a ser considerados donantes (aumento del bienestar social) pero siempre manteniendo el derecho de manifestar nuestra voluntad de no donar (libertad de elegir)

Nudges tributarios

En el área impositiva, los nudges aplicados por las administraciones tributarias buscan guiar el comportamiento de los contribuyentes para que tomen determinadas decisiones. En principio y por definición, los nudges tributarios deberían utilizarse en beneficio del contribuyente, pero no siempre sucede así.

Un ejemplo de aplicación del nudging en el ámbito específicamente tributario, cuando alguien solicita el certificado MiPyme, y mientras hace ese trámite, le aparece una opción para elegir aceptar (o no) el beneficio del pago diferido del IVA (a los 2 meses del vencimiento original). Entendemos que la gran mayoría de los contribuyentes que actúen conscientemente, deberían hacer clic en el “SI” de dicha opción. Pero aquí el problema es que el propio fisco ha programado la web para que se muestre la opción de “NO”, por defecto.

¿Inducción, disuasión manipulación?

En muchos casos, al ser influenciados por ciertos sesgos cognitivos, los individuos no siempre eligen la opción que beneficie sus intereses. Por ello nos preguntamos: ¿Las administraciones tributarias realmente guían a los contribuyentes a elegir la mejor opción?

Thaler y Sunstein plantean que las personas, por inercia, tienden a no apartarse de la solución predeterminada o “por default”, pues llevarlo a cabo implica un esfuerzo cognitivo especial que, en general, las personas tratamos de evitar (2).

Un claro ejemplo, de lo arriba mencionado, se observa en la solicitud del certificado MiPyme, para muchos significaba un “esfuerzo mental” elegir que “SI” deseaban acceder al beneficio del IVA diferido. Y el fisco, en vez de colocar esa opción por defecto, hizo lo contrario. Eso ha ocasionado que, en varios casos, hubiera contribuyentes que desaprovecharon el beneficio fiscal por la simple y sencilla razón de que pasaron por alto la opción específica de dicho beneficio.

Otras aplicaciones de la Economía del comportamiento al ámbito tributario

A partir de la década de 1960, autores provenientes de la psicología cognitiva como Daniel Kahneman y Amos Tversky comenzaron a influir en la economía a través de la producción de evidencia científica, que apuntaba directamente a cuestionar la "racionalidad" en la toma de decisiones de las personas.

Se ha concluido que las decisiones diarias de las personas se toman en base a un sistema (veloz, intuitivo y emocional), que funciona sobre la base de "atajos heurísticos" o procesos mentales de carácter intuitivo que llevan, con frecuencia, a cometer errores sistemáticos. ¿Y ello por qué? por la presencia de los denominados “sesgos cognitivos”. Entre varios otros, podemos destacar los siguientes:

  • La aversión a la pérdida, se refiere a que la gente tiene una fuerte tendencia a evitar pérdidas monetarias antes que conseguir ganancias monetarias equivalentes.
  • El “efecto priming”: Demuestra que la exposición a ciertos estímulos puede activar asociaciones mentales inconscientes que condicionan decisiones y comportamientos.
  • La “hipocognición”: Ante la falta de conceptos claros para interpretar determinadas realidades, favorece la construcción de ideas erróneas basadas en estereotipos, como los de género.
  • La “falacia de la conjunción”: Muestra cómo las personas tienden a tomar decisiones no basadas en la probabilidad real, sino en la representatividad de ciertos perfiles o narrativas.

Todos esos “sesgos cognitivos” muestran que el comportamiento tributario no siempre es racional y que pequeños cambios en el diseño de las comunicaciones estatales pueden corregir sesgos, incentivar el cumplimiento y fortalecer los derechos del contribuyente.

La posible afectación de los derechos de los contribuyentes

El uso de nudges tributarios como herramienta de gestión fiscal, representa una innovación relevante dentro del proceso de modernización del sistema tributario. Su aplicación debe estar sujeta a límites claros y ser compatible con los derechos fundamentales del contribuyente.

Los nudges pueden convertirse en mecanismos de presión encubierta si no se diseñan con criterios de transparencia, equidad y proporcionalidad.

Ahora bien, con la transformación digital, la administración tributaria, por la necesidad de obtener una mayor recaudación, acude a “nudges” que logran una simplificación en la liquidación de impuestos, pero vulneran el principio de la autodeterminación, o por lo menos lo condicionan de forma tal, que erosionan y le quitan la naturaleza autodeterminativa. Nos preguntamos, ¿Se termina la autodeterminación de impuestos y se va hacia la liquidación administrativa?

También surge como interrogante, en este punto, qué pasará con la aplicación de la Nueva modalidad de Ganancias Simplificada (prevista en la RG 5704/2025): ¿El impuesto determinado al hacer pocos clicks, llevará al contribuyente (inducido por nudges) a pagar el impuesto correspondiente?

Propuestas para el futuro

  • Regulación específica evitando la discrecionalidad administrativa.
  • Transparencia en el diseño de las interfases: el contribuyente debe saber cuándo está siendo "empujado".
  • Facilitación del acceso a beneficios fiscales, otorgándolos de pleno derecho.
  • Fortalecimiento de las garantías procedimentales digitales.
  • Capacitación continua de los funcionarios fiscales en ética del diseño digital.
  • Políticas de compliance tributario, con el objetivo de promover conductas responsables desde la convicción y no desde el temor.

En definitiva, los nudges pueden ser una herramienta útil para acercar al contribuyente al cumplimiento fiscal, siempre que se apliquen bajo una lógica respetuosa de la autonomía individual y el orden constitucional. El verdadero desafío consiste en equilibrar innovación y legitimidad, eficiencia y justicia, automatización y humanidad, en el diseño de una administración tributaria al servicio del Estado de Derecho.

(*) Contadores públicos. Tributaristas.

Nota: El artículo resume el trabajo presentado en las LI Jornadas Tributarias del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de CABA

(1) Sunstein, Cass “Malentendidos acerca de los nudges”

(2) Chamatropulos, Demetrio Alejandro - Orden público y nudges en el Código Civil y Comercial: algunos aportes desde la economía del comportamiento - SJA 11/10/2017, 100 - JA 2017-IV, 1010 - TR LALEY AR/DOC/4126/2017

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