Hace algún tiempo se ofrecen en línea los servicios de “profesionales IA”: “abogados IA” y “contadores IA”, entre otros.
Profesionales IA: incumbencias, ética y publicidad engañosa
Existen plataformas de IA que ofrecen sustituir los servicios profesionales lo cual, además de ser contrario a la ley, carece de las posibilidades de asesoramiento concreto e, incluso, prometen trámites que el Fisco los brinda gratuitamente
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La oferta de “Abogados IA” tuvo lugar en Estados Unidos, a través de la plataforma “DoNotPay”, con relación a la cual ha intervenido la Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés).
Efectivamente según informa en su página oficial la FTC “está tomando enérgicas medidas contra los fraudes y engaños con inteligencia artificial aplicada, incluidos los chatbots que supuestamente brindan “asesoramiento legal”, el software de inteligencia artificial que permite a las personas crear comentarios falsos en línea y las declaraciones falsas de altísimas ganancias obtenidas con oportunidades de negocio potenciadas por inteligencia artificial.
Los chatbots, un tipo de inteligencia artificial que crea “respuestas” similares a las humanas ante las preguntas de un usuario, pueden ser útiles cuando hay poco en juego, como obtener ideas para un nuevo juego o encontrar una receta. Pero las respuestas de la inteligencia artificial pueden ser inexactas, inadecuadas, engañosas o inventadas.” (1)
Según nuestro conocimiento, en nuestro país no se han generado plataformas que ofrezcan los servicios de “Abogados IA”, en cambio, se han ofrecido servicios de “Contadores IA". En cualquiera de los casos, debe tenerse presente que el trabajo profesional como derecho humano fundamental se encuentra protegido por los arts. 14 y 14 bis de la Constitución Nacional, mientras que por su parte la Ley N° 24.521 reconoce la formación universitaria como derecho humano y dispone que los títulos universitarios certifican la formación académica recibida y habilitan para el ejercicio profesional en todo el territorio nacional, sin perjuicio del poder de policía sobre las profesiones que corresponde a las provincias.
Al respecto, la Corte Suprema ha señalado que “Corresponde a las competencias provinciales regular el ejercicio de las profesiones liberales en sus respectivas jurisdicciones, siempre que no desconozcan la eficacia del título nacional habilitante, lo cual permite a las autoridades provinciales establecer, dentro de la razonabilidad, requisitos y modulaciones para asegurar la rectitud y responsabilidad con que las profesiones liberales son ejercidas…” (2).
Como contrapartida, las personas tienen derecho a ser asesorados por profesionales universitarios/as matriculados/as, de conformidad con la normativa aplicable.
Sin perjuicio del citado marco jurídico, existen plataformas que ofrecen “Profesionales IA”, es decir supuestos “profesionales” desarrollados con inteligencia artificial. Tales ofertas además de vulnerar los derechos fundamentales, implican una publicidad engañosa.
En efecto, las plataformas que proponen “Contadores IA” a cambio de un pago mensual (generalmente en dólares), un supuesto servicio que contempla funciones que ARCA ofrece en forma gratuita a todos los contribuyentes.
Los trámites de alta, recategorización y baja de monotributo, son gratuitos para todos los contribuyentes, al igual que el sistema de facturación en línea. Es así como bajo títulos sonoros y muy polémicos, estos sitos, les ofrecen a los potenciales usuarios pagar por algo que podrían hacer en forma totalmente gratuita en www.arca.gob.ar.
Proponen además que, en caso de necesitar realizar consultas con asesores (reales) las mismas tendrán un costo diferenciado, cuyo precio dependerá del abono al que se encuentren suscriptos los usuarios. Es decir que amén de pagar mensualmente por un servicio que es gratuito, cuando los potenciales usuarios necesiten contar realmente con asesoramiento el costo no estará cubierto por el abono, y posiblemente sean atendidos en un sistema de “call center”, dónde deberán relatar varias veces su problema antes de recibir una respuesta, y presumimos que resultará muy complejo tener un real seguimiento (cómo cuando debemos comunicarnos con nuestro proveedor de servicios de internet o televisión por cable, que todo es una gran pesadilla y un enorme pérdida de tiempo).
Con lo que, probablemente, esos usuarios queden “librados a su suerte”, a pesar de pagar por un servicio “inteligente”.
Los contadores matriculados
Entonces, ¿qué se paga en los abonos a los contadores matriculados? Se paga, por un lado, por asesoramiento, por ser escuchados y atendidos por alguien que además de haber estudiado puede escuchar; razonar; corregir los preconceptos erróneos - creencias de los contribuyentes sobre cómo deben tributar – si los hubiera.
La IA, no es capaz de esto, ya que la inteligencia artificial no “piensa” ni “sabe”, sino que predice respuestas basadas en patrones del lenguaje y en la forma en que se le pregunta. La inteligencia artificial no tiene opiniones propias ni un criterio independiente. Sus respuestas se construyen a partir de los datos con los que fue entrenada y, sobre todo, del modo en que se le formula la pregunta.
Si la pregunta está sesgada —por ejemplo, si se plantea esperando una confirmación o una idea específica—, la IA tenderá a reforzar ese sesgo. En otras palabras, la IA no corrige: sigue el juego.
Los contadores matriculados, asesoran, evalúan riesgos, y profundizan en el caso particular, comprenden al interesado y le brindan el abanico de alternativas necesario para que éste decida el riesgo que quiere tomar, y conozca las posibles consecuencias de sus decisiones. Muy lejos están de limitarse a aplicar las normas.
Sin embargo, la principal función de los/as profesionales matriculados, es la planificación que constituye una herramienta sin la cual, el crecimiento de una pyme o micro pyme sería extremadamente difícil.
La planificación fiscal requiere interpretación normativa y criterio, elementos de los que adolece una IA ya que, entre otras cosas no posee juicio profesional.
En este sentido, la Facultad de Ciencias Económicas Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Salta ha señalado que el valor de los graduados en Ciencias Económicas no reside únicamente en la habilidad de ejecutar procesos o analizar datos, se encuentra, sobre todo, en la capacidad de comprender el contexto humano, de aplicar criterios éticos y de desarrollar soluciones innovadoras a problemáticas complejas que exigen sensibilidad, discernimiento y una visión estratégica (3).
Prohibición legal de ofrecer un contador IA
La propuesta de estas plataformas, incurre en una vulneración directa de la ley 20488 que establece como incumbencias exclusivas de los profesionales matriculados en la carrera de Contador Público las tareas de asesoramiento especializado y la liquidación impositiva.
Es debido a esta exigencia legal que existen los consejos profesionales que regulan la matrícula y garantizan a la población que los matriculados han cursado los estudios necesarios para el ejercicio de la profesión (4).
Estas plataformas ofrecen, con relación a los contadores, lo que equivaldría en medicina a servicios médicos prestados por una plataforma, en la que, ingresando los síntomas, una IA recetara fármacos.
La profesión de Contador Público, solo puede ser ejercida por personas humanas, según lo establece el artículo 4to del mismo texto legal: “El uso del título de cualesquiera de las profesiones enumeradas en el Artículo 1 sólo será permitido a personas de existencia visible.
En todos los casos deberá determinarse claramente el título de que se trata y la Universidad que lo expidió”.
No es difícil, entonces, comprender, que estas plataformas no podrán seguir ofreciendo sus servicios, puesto que no cumplen con la normativa legal.
El profesional IA, no es un invento argentino
Tal como hemos señalado, estas plataformas de supuestos profesionales IA no son un invento argentino, en Estados Unidos, la FTC ha multado con 193.000 dólares a “DoNotPay”, el chatbot de inteligencia artificial (IA) que ofrecía servicios legales a los consumidores, toda vez que quedó demostrado que la IA es incapaz de asesorar a los clientes y aplicar las leyes de la misma forma que lo hacen los abogados/as.
El futuro de estas plataformas IA
De momento, esta oferta engañosa ya fue detectada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, y la plataforma fue intimada a interrumpir la prestación de sus servicios, por vulnerar la Ley bajo apercibimiento de realizar las denuncias penales correspondientes.
Compartimos la publicación realizada por el Consejo Profesional de Salta, cuando señala que “La inteligencia artificial debe ser entendida como una herramienta complementaria que fortalece y acompaña la labor profesional en las distintas incumbencias de las Ciencias Económicas (5)”.
Por otra parte, como no podría ser de otra manera ante las limitaciones legales señaladas precedentemente, hace pocos días la firma Open IA ha actualizado sus políticas de uso (6), fijando que el derecho a la seguridad y la protección, y por lo tanto la prohibición de utilizar los servicios de Open IA para la prestación de asesoramiento personalizado que requiera habilitación profesional, como asesoramiento jurídico o médico, sin la intervención adecuada de un profesional acreditado.”
Entendemos que, si bien se trata de una política de uso de una de las empresas desarrolladoras de IA, su mención sirve como lineamiento interpretativo, toda vez que incluye todo asesoramiento que requiera habilitación profesional.
En tal sentido entendemos que exista o no un “disclaimer” de la propietaria de la IA, el desarrollo de “profesionales IA” en nuestro país resultaría inconstitucional e ilegítimo por vulnerar el derecho a trabajar de los/as profesionales universitarios y el derecho de las personas a recibir su atención y asesoramiento profesional.
(*) Abogada y contadora pública, respectivamente
(2) Fallos 347:1288.
(3) Paráfrasis inspirada en https://www.consejosalta.org.ar/2025/07/capacitacion-online-inteligencia-artificial-aplicada-a-la-profesion/
(4) Ley 20488 artículo 1. En todo el territorio de la Nación el ejercicio de las profesiones de licenciado en Economía, Contador Público, Licenciado en Administración, Actuario y sus equivalentes queda sujeto a lo que prescribe la presente Ley y a las disposiciones reglamentarias que se dicten. Para tales efectos es obligatoria la inscripción en las respectivas matrículas de los Consejos Profesionales del país conforme a la jurisdicción en que se desarrolle su ejercicio.
(5) https://www.cpsalta.org.ar/novedades
(6) https://openai.com/es-ES/policies/usage-policies/



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