11 de mayo 2024 - 21:12

Crisis en el SECLO pone en jaque a la indemnización laboral

Por la falta de nombramientos de funcionarios se desalientan los acuerdos, al arbitraje y la naturaleza alimentaria de la indemnización laboral.

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En tales circunstancias, llegar a un acuerdo también es desalentado y desvirtuda la naturaleza alimentaria de la indemnización laboral.

Se llega a ésta situación porque renunció el director del SECLO, sin formalizarse a su reemplazante ni designarse quien firmase las homologaciones, mientras no se normaliza.

Pero como el SECLO habilita el arbitraje, procedimiento voluntario, cuando la conciliación no logra su objetivo, la he utilizado y en breve plazo, dos o tres días, he dictado el laudo, que tiene efecto de cosa juzgada y el SECLO registra.

El árbitro debe ser designado por ambas partes y tiene efecto de cosa juzgada, por lo cual, desde la cátedra y la páctica, defino como que “tiene forma de contrato y alma de sentencia” .

También puede recurrirse en forma directa al arbitraje y, por ejemplo, en los casos de mutuo acuerdo de extinción del contrato, el juez privado es el que le da carácter indemnizatorio, pues la actuación notarial solo da fe del acuerdo y la gratificación no cierra el eventual reclamo, como lo resolvió la Corte Suprema de Justicia.

En éste último sentido, genera un crédito fiscal para quien paga, además de darle seguridad jurídica a todos los que tenían un conflicto y se ha resuelto en tiempo real.

Esto no es magia, es aplicación de las normas vigentes pues la conciliación y el arbitraje dase complementan para lograr una adecuada administración de justicia, cuando la vía tribunalicia pública, tarda mucho.

Conciliador y Árbitro (Matrícula 112 SECLO).

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