Tradicionalmente, se espera a que un gobierno implemente sus ideas antes de oponerse, como muestra de respeto y apertura a perspectivas diferentes. Pero Javier Milei impide seguir esa costumbre por un motivo insoslayable: no estamos frente a ideas "distintas" ni a una pretendida modernización del régimen laboral, sino ante viejas ideas que pueden dejar a millones de trabajadores en extrema vulnerabilidad y pobreza, sin razón ni perspectiva de mejora. No beneficia a las Pymes, ni al empleo, ni a quienes buscan trabajo.
Ni cambio ni refundación: por qué hay que oponerse al DNU de Milei (aunque lo hayas votado)
Me voy a referir puntualmente al mundo laboral que, de acuerdo al DNU del presidente, se terminaría tal y como lo conocemos: prácticamente elimina la totalidad de los derechos, incluyendo los más básicos y fundamentales. No hago con esto, aclaro, una opinión twittera, sino un análisis muy sencillo de los artículos que el decreto deroga, desde mi trayectoria como abogado laboralista y exasesor legal de empresas. Es más, también como exlegislador por JxC.
Antes fraude, hoy ley
Empiezo por algo sencillo: cuando dice que se sustituye el Artículo 23 de la Ley 20744 (t.o. 1976), se elimina la presunción de existencia de un contrato de trabajo cuando la relación involucre "contrataciones de obras o servicios profesionales u oficios y se emitan recibos o facturas correspondientes a dichas formas de contratación…". Esto implica que el monotributo se convierte en el registro principal, a pesar de que el "profesional independiente" preste servicios de forma habitual, con cumplimiento de horarios y sujeto a órdenes e instrucciones.
Las empresas no tendrán, entonces, necesidad de contratar empleados en relación de dependencia, pudiendo optar por esta “nueva” forma en la que no tiene obligación de abonar SAC ni otorgar vacaciones o licencias; y donde podrán pagar los salarios que desee y prescindir de los servicios de los trabajadores sin necesidad de abonar indemnización alguna.
Además, los empleadores que opten por contratar trabajadores de manera informal ("en negro") no enfrentarán consecuencias, ya que el DNU de "modernización del régimen laboral" elimina las multas previstas en la legislación actual. A pedido de mis colegas: Arts. 8 a 17 de la ley 24013 y artículo 9 de la ley 25013 y la derogación de la ley 25323 y de la 25345.
Será lo mismo cumplir con la ley y registrar una relación laboral que no registrarla, y las condiciones quedan en manos de la buena voluntad de los empleadores ¿Confiamos?
¿Y el salario?
Voy por otra: la modificación del artículo 29 de la Ley de Contrato de Trabajo. Se habilita el show de las tercerizaciones, una manera de que todos cobremos menos.
Hoy las empresas deben cumplir con las condiciones del convenio colectivo que les corresponde a su actividad. Con el DNU, en cambio, podrán contratar personal por medio de compañías de trabajadores eventuales que aplican otros convenios. Esto les permite tomar personas que, si bien tendrán las mismas tareas que los trabajadores de la actividad, no van a contar con las mismas condiciones laborales.
Pongo un ejemplo: para ampliar su personal, una clínica podría contratar a una empresa que preste el servicio de enfermería, a menor costo. Si el día de mañana la clínica cierra o prescinde de los servicios, la responsabilidad de esos trabajadores recaería en los intermediarios fraudulentos, que no tienen las garantías mínimas de solvencia para responder. Además, habría enfermeros que cobran diferentes sueldos en el mismo lugar de trabajo, quebrándose el principio de “igual remuneración por igual tarea realizada”.
Cualquier lector desprevenido podría decir, en este punto, que esta situación se puede dar hoy en día con las normas vigentes, y esta afirmación es verdadera. Sin embargo, con este proyecto de "modernización laboral", desaparece la posibilidad actual de que estos trabajadores acudan a la Justicia para resolver la irregularidad.
A esto se suma que prácticamente se elimina el derecho a huelga y casi todas las actividades pasan a estar contempladas como servicios esenciales o trascendentales. La indemnizaciones se podrán pagar en 12 cómodas cuotas luego del proceso judicial que así lo determine.
La libertad de tener derechos
Podría seguir describiendo punto por punto, porque hay mucho más. Sin embargo, pareciera que la gravedad de esta medida no alcanza a comprenderse en un sector mayoritario de la población, que mira a la regulación como una quita de libertad, cuando lo que hace es defenderla.
Quiero profundizar muy brevemente en esto. El derecho laboral existe para intentar compensar -aunque no siempre lo logra- las condiciones de negociación entre un empleador que quiere crecer y un empleado que se juega, con ese trabajo, la posibilidad de comprar comida, de pagar el alquiler, de llevar a los hijos al cine o de cambiar su vida. El desbalance es muy grande y no existen condiciones equiparables en la capacidad de negociación, y muchas veces estamos expuestos a aceptar condiciones ilegítimas para poder vivir. Por eso, se establecen algunas reglas y se penalizan las acciones fraudulentas que buscan esconder contrataciones precarias.
Quitar esta mínima garantía no estaba en discusión desde que (ya hace mucho tiempo) empezáramos a construir un consenso sobre la necesidad de modernizar el sistema de trabajo en Argentina, con la mirada puesta en las nuevas necesidades, en aliviar al sector privado y en fomentar la creación de empleo. Lo que buscábamos era acompañar los cambios socioeconómicos del mundo. En ningún momento pedimos -ni se nos hubiera ocurrido- convertir a todo el arco de trabajadores en “profesionales independientes” del siglo XXI.
Convalidar la propuesta de Javier Milei y su equipo significa echar a millones de personas a los lobos. Tenemos los datos objetivos del desastre que implica. Ahora, ¿quién pone el gancho? ¿Quién es el senador que firma para que “explote todo” y reventar a la población con tal de no ser trolleado en twitter? Es un tema de fondo, más que de forma.Ya sea mediante DNU o un proyecto en el Congreso, la "Ley omnibus" no actualiza la situación de los trabajadores ni refunda una sociedad basada en libertad.
Abogado laboralista. Dirigente de JxC
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