Por qué se cayó esta vez el acuerdo con el Fondo
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Planes sociales y formación de capital humano
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Atención: el nuevo plazo fijo que le gana a la inflación todos los meses
1) La Ley de Coparticipación de impuestos debería sancionarse antes de fines de agosto (párrafo 31 de la carta de intención del 10 de setiembre de 2003) siguiendo como espíritu el proveer a la responsabilidad provincial en el manejo de los recursos públicos. Sin embargo, jamás se llegó a discutir siquiera algún borrador serio en el Congreso. Apenas el gobierno presentó su proyecto (que en esencia consiste en una suertede «texto ordenado» del delirio que es hoy la distribución de recursos nacionales), todas las provincias empezaron a hacer cola reclamando deudas viejas de la Nación a favor de ellas.
Salvo la fecha límite de fines de agosto, todo el resto fue incumplido. Ante el fracaso de la propuesta de Dubai, el 1 de junio pasado el gobierno presentó la segunda donde se pasaba a reconocer, en vez de 7%, 20% de VPN al acreedor. También se volvió a fracasar. No hubo ningún diálogo serio. Sólo bravuconadas seguidas por una política fiscal que a partir de 3% de superávit fiscal se gasta todo. De todas maneras, a no engañarnos, la propuesta de Dubai con este «programita» económico es generosa. Pensar que vamos a pagar más de u$s 100.000 millones de deuda en 30 años sustituyendo importaciones, haciendo obra pública, fijando salarios por decreto y redistribuyendo ingresos violando a impuestazos a los que más tienen en un país de pobres, suena a «Alicia en el país de las maravillas».
3) La Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF) ya era una meta en el acuerdo original firmado el 10 de setiembre de 2003 (párrafo 31). No es cierto que haya surgido como un sustituto imperfecto ante la imposibilidad de sancionar una Ley de Coparticipación. El 7 de julio el Senado le dio su media sanción, y el 4 de agosto Diputados la terminó transformando en ley. Plazo cumplido de acuerdo con lo firmado con el FMI (fines de agosto como máximo).
Su objetivo era la « introducción de límites vinculantes de deuda y déficit para los gobiernos provinciales» ( párrafo 31). Sin embargo, el artículo 10 de la ley dice: «La tasa nominal de incremento del gasto público primario de los presupuestos de la administración nacional, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, entendido como la suma de los gastos corrientes y de capital, excluidos los intereses de la deuda pública, los gastos financiados con préstamos de organismos internacionales y los gastos de capital... no podrá superar la tasa de aumento nominal del producto bruto interno....».
Esto demuestra un desconocimiento total de lo que pasó en la última década. La convertibilidad no se cayó porque los marcianos conspiraron contra ella o por la privatización del sistema previsional, sino porque el gasto público, a pesar de que subió bastante en términos del PBI (4 puntos en 10 años), virtualmente voló en u$s 40.000 millones (+100%).
Otro artículo imperdible de la LRF es el 19, que dice que los presupuestos de la Nación y las provincias deberán ser elaborados respetando el déficit cero, es decir, el equilibrio fiscal en el consolidado del sector público, pero ¡ excluyendo del gasto a todas las erogaciones financiadas con préstamos de organismos internacionales y la obra pública! O sea, en cuanto a la «introducción de límites de deuda y déficit para los gobiernos provinciales» tal como está firmado por el gobierno, nada, cero. En cuanto a la «introducción de límites vinculantes de deuda y déficit para los gobiernos provinciales», la idea de lo firmado por el gobierno con el FMI era que hubiera penalidades ante los incumplimientos. En Brasil, funcionario que no cumple va preso. Sin embargo, aquí la pena máxima es... ¡que Economía publique en su página Web a las incumplidoras!Sin palabras.
4) En la carta de intención del 10 de marzo pasado (que sobre este tema ratifica lo firmado en la carta de intención del 10 de enero para la aprobación de la primera revisión) el gobierno se había comprometido a tener renegociados totalmente 39 contratos de concesión privada (11 de electricidad, 11 de gas, uno de agua, 6 de accesos urbanos, 5 de transporte de cargas y 5 portuarios) a fines de junio y 10 a fines de diciembre ( siendo el principal el de las telecomunicaciones) para así completar la renegociación de la totalidad de los 62 contratos (al sumársele las 13 concesiones viales que fueron renegociadas y concentradas en 6 el 21 de octubre de 2003).
Hasta hoy, existe un « actaacuerdo» con Aguas Argentinas ya aprobada por el Congreso de carácter transitorio (hasta diciembre de 2004), comprometiéndose la empresa a no aumentar tarifas, a realizar inversiones en el período por 242 millones de pesos y a suspender sus acciones legales contra el Estado por la pesificación de las tarifas y no mucho más en otros sectores.




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