22 de febrero 2007 - 00:00

Pymes: se controlarán premios impositivos

En la edición del 8 de febrero de Ambito Financiero, se publicó un artículo firmado por Constanza Guglielmi en el que realiza una interpretación del Sistema de Garantías Recíprocas (SGR) y de algunas normas de reciente sanción. Dadas algunas imprecisiones y errores, vale la pena explicar el verdadero rol del sistema y el alcance de las normas a las que se hace referencia.

La Ley 24.467, modificada por la 25.300, sancionó el funcionamiento de las SGR. Para estimular el desarrollo de un mercado de garantías para pymes, dicha normativa dispuso desgravaciones impositivas destinadas a quienes decidan invertir en el fondo de riesgo de una SGR. La condición para que dicha desgravación sea efectiva es que la inversión se realice por un plazo mínimo de dos años y que su grado de utilización en el otorgamiento de garantías alcance 80%.

Asimismo, la ley prevé que las SGR podrán otorgar garantías por un valor que no supere 400% del fondo de riesgo. Vemos entonces el primer error del mencionado artículo: la legislación vigente no prevé una utilización de 80% en promedio, sino que ése es el porcentaje mínimo que la SGR debe alcanzar para que quien invirtió en el fondo de riesgo haga efectiva la desgravación impositiva.

En el artículo 79, la ley también establece expresamente que «la autoridad de aplicación determinará la fórmula aplicable para el cálculo del grado de utilización del fondo de riesgo en el otorgamiento de garantías». Eso es, ni más ni menos, lo que se reguló a través de las disposiciones 176/06 y 10/07 de la Subsecretaría PyME. Esta normativa establece que para el cómputo de 80%, es decir el grado de utilización mínimo para obtener la desgravación impositiva, sólo podrán tomarse en cuenta las garantías financieras, tales como créditos bancarios, cheques de pago diferido, fideicomisos y Obligaciones Negociables.

  • Confusión

  • Esto en modo alguno puede ser interpretado como una prohibición para otorgar garantías técnicas o comerciales. Por supuesto que las pueden seguir otorgando, simplemente no computan para el cálculo del mínimo al que deben llegar para obtener la desgravación.

    En este punto se presenta la mayor confusión: equiparar otorgamiento de garantías a requisitos para acceder a la desgravación impositiva. Es claro que el objetivo de las SGR es el de otorgar garantías y asistir a las pymes para que accedan al crédito; la desgravación impositiva es un incentivo pero no un fin en sí mismo. Posiblemente haya más de una persona con esta confusión y por eso vale la pena la aclaración.

    En algunos países europeos, el grado de apalancamiento del mercado de garantías suele ubicarse entre 800% y 1.200%. Nuestra legislación ha sido más modesta y prevé un máximo de 400%. Pretender que se fije en 80% no sólo es un objetivo pobre sino que desvirtúa al sistema. En otros términos, por cada peso de financiamiento a una pyme, la SGR estaría guardando $ 1,25 por las dudas de que la pyme no pague, lo cual torna al sistema completamente ineficiente. Si, al mismo tiempo, consideramos que como producto de esta operatoria el Estado deja de percibir impuestos, llegamos a que esta ineficiencia privada estaría siendo en realidad cubierta por el Estado, situación que resulta inadmisible.

    En los últimos años el sistema ha crecido en forma considerable y, al tiempo en que se expandía, aparecieron también algunas prácticas especulativas centradas exclusivamente en la obtención de desgravaciones impositivas. A una conclusión similar llegó la SIGEN en su informe de agosto de 2006. Ante este panorama, la Subsecretaría PyME dispuso la sanción de normas complementarias tendientes a incentivar un mayor grado de utilización del fondo de riesgo, la coordinación de las acciones de supervisión con el BCRA y la AFIP, al tiempo en que se procedió a auditar el funcionamiento de todas las SGR.

    Este trabajo se encuentra próximo a su finalización y permitirá que el mercado de garantías para pymes crezca sobre bases más sólidas, premiando a quienes trabajen activamente para profundizar el acceso al crédito desalentando y penalizando a quienes vean en las SGR un negocio personal o corporativo disfrazado de «ayuda a las pymes».

    Para muestra que esto último es un problema basta un botón: 9 de las 24 SGR en funcionamiento no tuvieron un solo empleado registrado en los últimos ocho años, lo cual denota que antes que una empresa destinada a estimular el crédito a las pymes se han comportado como unidades de negocios de otra empresa o grupo inversor.

    Las pymes necesitan esta herramienta y por tal motivo se están tomando estas medidas de apoyo y reordenamiento. Esto incluye mecanismos de incentivos para un mayor apalancamiento, el mejoramiento del régimen informativo y el monitoreo y supervisión del sistema -para lo cual se está contando con el apoyo técnico del BCRA-, el trabajo con el mercado de capitales y la CNV tendiente a profundizar esa fuente de financiamiento, y la ampliación y diversificación de las herramientas de financiamiento pyme, tales como el nuevo programa Global de Crédito, el cual por primera vez ofrece un fondeo de largo plazo para que los bancos presten a las pymes a tasas fijas, de un dígito, para financiar inversiones a plazos de hasta 10 años; el Fonapyme, que ofrece financiamiento extrabancario a tasas blandas; y el programa de bonificación de tasas de interés, que ya facilitó el otorgamiento de más de $ 1.200 millones en créditos a tasas de un dígito para cerca de 15.000 pymes de todo el país.

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