16 de febrero 2001 - 00:00

Condenan a monopolio "Clarín"

La Cámara en lo Civil de la Capital Federal confirmó un fallo de primera instancia que condenó a la directora del monopolio «Clarín» -Ernestina Herrera de Noble-a pagar una indemnización de más de $ 250.000 en favor de un matrimonio del conurbano bonaerense a quien esa publicación vinculó con una banda de traficantes de menores, además, de haber ocasionado -según la Justicia-un importante daño psicológico a dos niños que habían sido adoptados en la provincia de Misiones. Como se trata de un caso de familia se mantiene el anónimo del matrimonio y de los hijos afectados. Sólo se puede afirmar que el hombre estuvo vinculado al automovilismo deportivo.

«Clarín» publicó el 7 de octubre de 1995 una nota con el título «Tráfico de niños» donde hace alusión a una organización delictiva dedicada a la venta de menores que fueron entregados a matrimonios de Burzaco, Avellaneda y Adrogué, destacando que las parejas eran contactadas por quien era (supuesta) jefa de la banda» cuyo nombre correspondía a la mujer que había adoptado a los pequeños.

El diario basó su información en fuentes de la Gendarmería, pero requerida la confirmación por parte del juez civil, Carlos Ponce, esa fuerza de seguridad negó tal información. En sucesivos artículos, el diario dio cuenta de que «un corredor de autos había comprado dos varoncitos, publicando el nombre del matrimonio y de los menores.

En realidad, según quedó demostrado en el proceso, el matrimonio bonaerense, cuya mujer no podía tener hijos, inició en 1987 un lento proceso de adopción.

A través del equipo San José tomaron contacto con una embarazada en la provincia de Misiones que quería dar en adopción a su futuro hijo. Nacido el niño el 17 de noviembre de 1988, ante escribana pública la madre inició los trámites que se completaron en el juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora para la entrega posterior del niño. La adopción se concretó el 25 de setiembre de 1989.
En 1994 hicieron una adopción similar con otro menor que había nacido en El Dorado, de la misma provincia de Misiones.

Si bien el diario -luego de un intercambio de cartas documento-accedió a rectificar la información, lo hizo en una nota considerada de exiguo tamaño y esa rectificación sólo se dio evasivamente, lo que obligó al reclamo judicial en sede civil.

La Sala J de ese fuero que integran los camaristas Ana Brilla de Serrat, Zulema Wilde y Benjamín Zaccheo consideró que existió daño material -el corredor no pudo seguir su carrera porque perdió sponsor-, psíquico (debieron someterse a serios tratamientos psicológicos tanto la pareja como los menores) y moral (el matrimonio terminó divorciándose con el agravamiento que esa situación trajo a dos niños que sabían venían de padres biológicos distintos a los de crianza).

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